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domingo, 01 de agosto de 2010
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Ganancias del mayor proveedor de la “píldora del día siguiente”

El Instituto de Investigación de Población reveló las ganancias que obtiene el dueño del laboratorio de la marca “Postinor”, casi único proveedor en el Perú de la llamada “píldora del día siguiente”.
“Extrañamente, en el Perú esa marca la comercializa un laboratorio muy pequeño, Farmage, que se creó exclusivamente para el lanzamiento de Postinor en ese país. En muchos otros países la marca Postinor pertenece a Schering, líder mundial en venta de anticonceptivos hormonales (píldoras e inyectables). No hace mucho Schering se fusionó con Bayer. Postinor es la marca más vendida de AOE en el Perú, con más de 3.5 millones de soles en los últimos 12 meses. Bayer Schering, con diferentes marcas bajo su propio nombre, más las de Farmage, vende más de 16 millones de soles al año en píldoras e inyectables anticonceptivos. Si le sumamos las ventas de Postinor, alcanza casi los 20 millones de soles al año. Eso constituye más del 50% de ese mercado”, refiere la investigación.
Sentencia
En otro momento del análisis, el prestigioso Instituto de Investigación en Población  denunció que el mismo argumento “nada original” que hace poco se usó en Ecuador, Argentina y Chile con relación a la “píldora del día siguiente” (PDS) se utilice hoy en el Perú, como que “la sentencia del Tribunal Constitucional es discriminatoria, sólo prohíbe la distribución gratuita y da la libertad a los que la pueden pagar”.
Sin embargo, algún grupo empresarial periodístico no señala que “la sentencia también establece en el punto 58 el principio de ‘in dubio pro consumidor’, es decir, en caso de duda se debe optar por el consumidor (y no por los comercializadores)”, remarca la publicación.

“Los que seguimos el tema de la PDS en América Latina sabemos que no es nada original. También fue el argumento usado en varios países de la región cuando sentencias similares se produjeron en Ecuador, Argentina y recientemente en Chile”, anotó.

Efectos
La misma advertencia recuerda que la sentencia del TC establece que “no se puede permitir el acceso al mercado de productos cuyos efectos no se encuentran debidamente establecidos, por los riesgos inminentes que representan no sólo para la vida del concebido, sino incluso por los efectos secundarios que pueden presentarse en la propia mujer que las ingiere”.

“En tal sentido, no es cierto que actualmente se pueda vender la droga en las farmacias, pues es muy difícil que en la semana que lleva de emitida la sentencia se haya tramitado, aceptado y dispuesto la reimpresión de los insertos”, remarca.  
 
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