2023: sepa cuáles son los días declarados no laborables compensables

Gobierno adopta la medida para generar fines de semana largos e impulsar el turismo interno.

Diario expreso - 2023: sepa cuáles son los días declarados no laborables compensables

Siete fechas del 2023 y una del 2024 fueron declaradas días no laborables para los trabajadores del sector público. Estos sumados a los feriados ordinarios crean fines de semana largos, los cuales son favorables para la práctica del turismo interno.

Esta medida se dispuso en el Decreto Supremo 151-2022-PCM, publicado en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.

A continuación conoce los días declarados no laborables:

- Lunes 2 de enero de 2023.
- Viernes 28 de abril de 2023.
- Viernes 30 de junio de 2023.
- Jueves 27 de julio de 2023.
- Lunes 9 de octubre de 2023.
- Jueves 7 de diciembre de 2023.
- Martes 26 de diciembre de 2023.
- Martes 2 de enero de 2024.

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La compensación de horas

Igualmente en el decreto se indica que las horas no trabajadas en esos días, podrán ser compensadas en los diez días inmediatos posteriores, o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

Los servicios indispensables

Se puntualiza que sin perjuicio de lo establecido, los titulares de las entidades del sector público tomarán  las medidas necesarias para asegurar la provisión de aquellos servicios que sean indispensables para la sociedad, durante los días no laborables.

Sector privado

En este caso se menciona que los centros de trabajo del sector privado podrán acogerse a lo dispuesto, lo cual debe ser acordado entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar.

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Actividades económicas de relevancia

Acerca de las actividades económicas de especial relevancia para la comunidad, puntualiza que las entidades y empresas sujetas al régimen laboral de la actividad privada que realizan servicios sanitarios y de salubridad, limpieza y saneamiento, electricidad, agua, desagüe, gas y combustible, sepelios, comunicaciones y telecomunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos, seguridad, custodia, vigilancia, y traslado de valores y expendio de víveres y alimentos; están facultadas para determinar los puestos de trabajo que están excluidos de los días no laborables declarados y los trabajadores respectivos que continuarán laborando. Esto, con la finalidad de garantizar los servicios.

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