Bono Alimentario de S/ 270 podrá ser cobrado por un tercero autorizado
El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) aprobó el procedimiento que autoriza el cobro por tercero autorizado del Bono Alimentario, mediante el artículo 22 la Ley N° 31538, otorgado por el programa Pensión 65.
Los mayores beneficiarios con la medida son aquellos ciudadanos acreedores de subsidio de 270 soles que presenten alguna discapacidad propia de su edad, la cual impida su desplazamiento o que por diferentes motivos no puedan hacer efectivo el cobro. Ello permitirá viabilizar la entrega del referido monto a quienes estén considerados en los padrones aprobados por el Midis.
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Cabe precisar que el Bono Alimentario está dirigido a 4.251,464 peruanos en condición de pobreza y pobreza extrema, de acuerdo con el Padrón General de Hogares del Sistema de Focalización de Hogares que administra el Midis.
Asimismo, dará cobertura a 2.559,850 hogares de todo el país, incluyendo a usuarios de los programas sociales como Juntos, Pensión 65 y Contigo que no hayan recibido la subvención adicional extraordinaria dispuesta por el artículo 20 de la Ley N° 31538.
Las familias que no figuren en los registros de la planilla pública y privada, a excepción de los pensionistas, sobrevivientes y a la modalidad formativa, así como los hogares cuyos ingresos no superen los 1025 soles también recibirán los más de 200 soles.
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— Diario Expreso (@ExpresoPeru) October 30, 2022
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