El secuestro de los periodistas de Cuarto Poder es un delito

Por reportaje que se hizo contra el presidente Castillo.

Diario expreso - El secuestro de los periodistas de Cuarto Poder es un delito

C. Alfredo Vignolo G. del V.

Al atardecer de este último miércoles, un equipo de periodistas de Cuarto Poder de América Televisión, integrado por el reportero Eduardo Quispe, el camarógrafo Elmer Valdiviezo y un conductor de la zona contratado, fueron secuestrados por los integrantes de las rondas campesinas del distrito de Chadín, provincia de Chota, en la región Cajamarca.

A los ronderos no solo les quitaron la cámara y los celulares, sino que los obligaron a pedir disculpas en televisión (interrumpiendo la programación habitual) por el reportaje que involucra a Yenifer Paredes, hermana de la primera dama y cuñada de Castillo emitido este último domingo. Si no cumplían con el requerimiento de los secuestradores, sus vidas estaban en peligro.

Ante esta vil situación y para proteger la integridad de las personas secuestradas, se tuvo que interrumpir la programación del citado canal de televisión para que el reportero Eduardo Quispe de lectura -bajo presión- de una declaración cuyo contenido fue dictado por los propios ronderos, lo que configura ya un delito y una violación a la libertad de prensa. Y es que solo serían liberados si cumplían con semejante exigencia, la que ocurrió minutos después de la difusión bajo amenaza.

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A través de un comunicado, América Televisión condenó este hecho que representa una vulneración a la libertad de prensa y su primigenio deber de investigar e informar sobre temas de interés público y que involucran directamente al presidente Castillo y su entorno familiar.

El director del programa periodístico de Cuarto Poder, Mauricio Aguirre, afirmó: «Eran como las seis de la tarde. Nos llamaron los propios ronderos, porque en el momento que ellos han sido secuestrados, nos llamaron a través de un teléfono celular, porque los ronderos le habían quitado las cámaras y celulares, y la exigencia era pedir disculpas por el reportaje emitido en Cuarto Poder sobre el helipuerto y la hermana de Castillo».

Aguirre aseguró que el equipo periodístico estaba realizando una indagación tras recibir información adicional, por el caso de la cuñada del presidente Castillo, por lo que viajaron a la zona. Es ahí, en ese momento, donde fueron acechados por ronderos de la zona (oriunda del mandatario), quienes les indicaron que estaban haciendo entrevistas  a personas que no representaban a la zona y procedieron a secuestrarlos.

El secuestro

El director de Cuarto Poder señaló que se desató una discusión entre ellos y luego fueron obligados a leer un escrito para que puedan ser dejados en libertad, tras cumplir con las exigencias, el reportero Eduardo Quispe salió al aire interrumpiendo la programación del canal. «Ellos ya fueron liberados una vez que se produjo la declaración. Recién hemos tenido esa certeza una hora después porque no había comunicación. Cuando ellos han estado regresando de la zona, han sido vigilados».

Finalmente Aguirre, así como la casa televisora condenaron el hecho, siendo por las circunstancias un grave atentado con el periodismo de investigación y el derecho de las personas de estar informadas.

Mientras tanto, el recién estrenado ministro del Interior, Mariano González Fernández, se pronunció sobre el secuestro y se solidarizó con el equipo periodístico, sosteniendo: «En primer lugar, mi solidaridad con los periodistas, creo que es importante que sepa la ciudadanía que nosotros hemos estado pendientes  desde el primer minuto».

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González Fernández agregó que pese a las dificultades que presentaron, la zona y pocos efectivos policiales, lograron trasladar a los periodistas y al conductor. Sin embargo, aún no hay detenidos por este secuestro.

En declaraciones a RPP Noticias, el ministro afirmó que los hombres de prensa, fueron puestos a buen recaudo por efectivos de la PNP y que pondrán una denuncia por lo acontecido.

El ministro indicó: «No podemos afirmar (si son ronderos), pero lo que sí le podemos decir es que la vida e integridad de los periodistas y del conductor está garantizada y ellos están camino a Bambamarca. Se procederá conforme a ley, se hará la denuncia, las investigaciones correspondientes, pero viéndolo desde el punto de vista humano, creo que lo más importante es que ellos están a buen recaudo».

Sobre el monitoreo de lo sucedido, González sostuvo que «conjuntamente con el comandante general de la Policía y los altos mandos hemos estado pendientes desde el primer minuto. En este momento en plena crisis, quien está en el terreno de operaciones es nuestra Policía y quien está monitoreando soy yo».

Los delitos cometidos

De acuerdo con el Código Penal existe una conjunción de delitos cometidos entre ellos, el Artículo 151, el que, mediante amenaza o violencia, obliga a otro a hacer lo que la ley no manda o le impide hacer lo que ella no prohíbe; el Artículo 152 será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de veinte ni mayor de treinta años el que, sin derecho, motivo ni facultad justificada, priva a otro de su libertad personal, cualquiera sea el móvil, el propósito, la modalidad o circunstancia o tiempo que el agraviado sufra la privación o restricción de su libertad. La pena será no menor de treinta años cuando, según el inciso 5, el agraviado es secuestrado por sus actividades en el sector privado (un canal de televisión es una empresa privada); el Artículo 317 el que promueva, organice, constituya, o integre una organización criminal de tres o más personas con carácter estable, permanente o por tiempo indefinido, que de manera organizada, concertada o coordinada, se repartan diversas tareas o funciones, destinada a cometer delitos; el Artículo 317-A será reprimido con pena privativa de libertad no menor de tres ni mayor de seis años el que para cometer o facilitar la comisión de cualquiera de los delitos previstos en los artículos 106, 107, 108, 108-A, 121, 152, 153, 170, 171, 172, 173, 173-A, 175, 176, 176-A, 177, 185, 186, 188, 189 o 200 del Código Penal, acopia o entrega información, realiza vigilancia o seguimiento, o colabora en la ejecución de tales conductas mediante el uso de armas, vehículos, teléfonos u otros instrumentos idóneos. La pena privativa de libertad será no menor de seis ni mayor de diez años cuando el agente, según el inciso 5. Actúa en condición de integrante de una organización criminal; el Artículo 317-B el que constituya o integre una unión de dos a más personas; que sin reunir alguna o algunas de las características de la organización criminal dispuestas en el Artículo 317, tenga por finalidad o por objeto la comisión de delitos concertadamente; será reprimidos con una pena privativa de libertad de no menor de cuatro ni mayor de ocho años.

La Constitución y la libertad de prensa

El Artículo 2 de la Ley de leyes contempla que «Toda persona tiene derecho:», inciso 2 a la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole; inciso 3, a la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias. No hay delito de opinión. El ejercicio público de todas las confesiones es libre, siempre que no ofenda la moral ni altere el orden público.

En tanto, el inciso 4 se refiere a las libertades de información, opinión, expresión y difusión del pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley. Es delito toda acción que suspende o clausura algún órgano de expresión o le impide circular libremente.

El Artículo 4 «Toda persona tiene derecho:», a la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia, según el inciso a, nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido deshacer lo que ella no prohíbe; y el inciso b, no se permite forma alguna de restricción de la libertad personal, salvo en los casos previstos por la ley; inciso h, nadie debe ser víctima de violencia moral, psíquica o física, ni sometido a tortura o a tratos inhumanos o humillantes. Cualquiera puede pedir de inmediato el examen médico de la persona agraviada o de aquella imposibilitada de recurrir por sí misma a la autoridad. Carecen de valor las declaraciones obtenidas por la violencia. Quien la emplea incurre en responsabilidad.

Ronderos

Al amparo constitucional las autoridades de las Comunidades Campesinas y Nativas, con el apoyo de las Rondas Campesinas, pueden ejercer las funciones jurisdiccionales dentro de su ámbito territorial de conformidad con el derecho consuetudinario, siempre que no violen los derechos fundamentales de la persona. La ley establece las formas de coordinación de dicha jurisdicción especial con los Juzgados de Paz y con las demás instancias del Poder Judicial (Artículo 149).

La PNP y el Ministerio Público tiene que iniciar una investigación de oficio. Los ronderos invocarán su régimen especial de territorialidad y aplicación de normas consuetudinarias, pero esto es un delito y tiene que ser sancionado.

Dato a tomar en cuenta

Yenifer Paredes Navarro fue gerente municipal en el distrito de Anguia, en Chota, hasta finales del año pasado.

En Expreso denunciamos el silencio del Ministerio Público

En el Día Mundial de la Libertad de Prensa, se presentó un memorial al entonces fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, con copia a la Defensoría del Pueblo, para que cese la persecución, amedrentamiento, amenaza, acoso y judicialización de la opinión de los periodistas, al amparo del Derecho Constitucional y el Derecho Internacional.

«No es ningún delito sacar a la luz todos los ilícitos que viene cometiendo el gobierno de Pedro Castillo, más aún rechazamos el silencio del Ministerio Público, cuando los hombres y mujeres de prensa -en cumplimiento de su profesión- son atacados por la propia seguridad presidencial, impidiéndose nuestra labor periodística, inclusive llegando al extremo de no contar con defensa legal, lo cual viola toda norma», redacté en mi condición de firmante y columnista de Expreso.

Allí se sostiene que, desde la campaña presidencial de Castillo, viene existiendo un ataque sistemático contra los hombres y mujeres de prensa que solo cumplen con su misión. Este hecho vejatorio sigue en aumento e increíblemente el Ministerio Público, en vez de perseguir el delito, persigue a los periodistas involucrándolos hasta en una organización criminal, como sucede contra Expreso.

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