Feriados y días no laborables en diciembre: peruanos gozarán de hasta 5 jornadas libres
Estos sectores podrán acogerse al beneficio.
Feriados y días no laborables en diciembre: peruanos gozarán de hasta 5 jornadas libres.
Millones de peruanos están a la expectativa de conocer cuáles son los feriados y días no laborables que trae el mes de diciembre.
El último mes del año se perfila a ser uno de los más esperados, ya que la ciudadanía promete aprovechar las fiestas navideñas y de fin de temporada para darse un respiro de sus labores y disfrutar de distintos momentos en compañía de familia y amigos.
Sin embargo, a los dos días festivos que usualmente se celebran en el décimosegundo periodo mensual, se le sumará uno nuevo y, en conjunto, se enlazarán con dos días no laborables decretados por el Gobierno, provocando hasta dos feriados largos.
Estos son los tres feriados y dos días no laborables de diciembre
Por primera vez, y a raíz de la Ley N.º 31381 aprobada el año pasado por el Congreso, este 9 de diciembre será feriado en conmemoración de la Batalla de Ayacucho, agregándose así al 8 (Día de la Inmaculada Concepción) y 25 (Navidad).
Asimismo, los días 7 y 26 de diciembre figuran como días no laborables, de acuerdo a lo señalado por el Decreto Supremo 151-2022-PCM y el Decreto Legislativo N.º 713. De esta manera, los feriados largos quedan configurados de la siguiente forma:
- Jueves 7 de diciembre: día no laborable.
- Viernes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción.
- Sábado 9 de diciembre: Batalla de Ayacucho.
- Lunes 25 de diciembre: Navidad.
- Martes 26 de diciembre: día no laborable.
Diferencia entre feriado y día no laborable
Los feriados se establecen por ley y los días no laborables por decreto supremo. En el caso de los feriados, estos son días de descanso para el trabajador, el cual debe ser retribuido con una remuneración ordinaria. Estas son fechas especiales que están establecidas en el artículo 6 del Decreto Legislativo N.º 713.
Si en caso el empleado trabaja estos días y no se le otorga un día de descanso adicional para su goce, se le deberá pagar el valor del día más una sobretasa del 100 %, llamada triple remuneración.
Por otra parte, los días no laborables suelen ser declarados por el Ejecutivo, convirtiéndose en una disposición del Gobierno que solo aplica para las entidades estatales. No obstante, estas horas deberán ser recuperadas en los siguientes 10 días hábiles.
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