Fonavi: Así se cancelará la deuda a los exaportantes

Conozca las formas en las que se compensarían a los excontribuyentes del Fondo Nacional de Vivienda.


La buena noticia para los fonavistas llegó la noche del jueves 7 de abril, cuando el pleno del Congreso aprobó por insistencia la autógrafa de ley, observada por el Ejecutivo, que garantiza el cumplimiento de la devolución del dinero de los trabajadores que contribuyeron al Fonavi, priorizando a la población vulnerable por la pandemia de la COVID-19.

La autógrafa tiene por objeto la implementación inmediata de la Ley 31173, que garantiza el cumplimiento de la norma para la devolución del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al fondo.

La titular de la Comisión de Economía, Silvia Monteza, indicó que el Ejecutivo observó el proyecto de ley, alegando una vulneración al principio de separación de poderes y por posible iniciativa de gasto.

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En ese sentido, precisó que en las disposiciones normativas contenidas en la autógrafa de ley se encuentran dentro del marco competencial del Poder Legislativo, por lo que «no hay vulneración alguna al principio de separación de poderes».

Agregó que al plantearse una liquidación de los activos del Fonavi y de los que fueron adquiridos con los recursos de este, no se incurre en un gasto con cargo al Tesoro Público.

Modalidades

Sobre las modalidades en las que se les pagará a los fonavistas, trascendió que el importe total de S/42 mil millones serían entregados en seis formas: viviendas de interés social, terrenos urbanizados de interés social, dinero, bonos, compensaciones tributarias o, por último, en pagos compensatorios de deudas.

Según especialistas, en este nuevo pago todos los exaportantes cobrarán, incluso quienes se vieron beneficiados con alguna obra de alcantarillado, agua, calaminas, etc., ya que esto estaría reconocido por la Ley 31173.

Las personas que cobraron en los anteriores 19 grupos también cobrarán, pero será el restante del monto que ya se les dio, que es una manera de adelanto.

La ley

Recordando lo que dice la Ley 31173, en su primer artículo: «La presente ley tiene como objeto asegurar la devolución inmediata de los aportes del Fonavi; así como, modificar la Ley N° 31173, ‘Ley que garantiza el cumplimiento de la Ley 29625, Ley de devolución de dinero del Fonavi a los trabajadores que contribuyeron al mismo, priorizando a la población vulnerable, como consecuencia de la pandemia de la covid-19’; así como, la Ley N° 29625, de conformidad con las sentencias expedidas por el Tribunal Constitucional». 

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Mientras que en segundo artículo señala: La devolución de las aportaciones al Fonavi comprende los siguientes conceptos:

• El aporte de los trabajadores dependientes a quienes les descontaron de sus remuneraciones.

• El aporte de los trabajadores independientes.

• La devolución de los aportes al Fonavi no podrá superar la totalidad de recursos recaudados a los trabajadores, actualizados con la Tasa de Interés Legal Efectiva.

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