MTC eleva sanciones por evadir el pago de peaje: ministerio modifica el reglamento de tránsito
Se aplicarán multas de entre 8% de UIT (412 soles) y 12% de UIT (618 soles). Vehículos de infractores serán internados en depósitos y brevete será retenido.

MTC eleva sanciones por evadir el pago de peaje: ministerio modifica el reglamento de tránsito.
El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) modificó el Reglamento Nacional de Tránsito y elevó las sanciones para los conductores que evadan el pago de peaje.
De acuerdo con el Decreto Supremo N.º 018-2024-MTC, la infracción con código G.71, sanciona a quienes, sin realizar el pago de peaje, circulen por las vías públicas terrestres donde se encuentran instaladas garitas o infraestructura de peaje. La falta es considerada grave y la sanción incluye una multa de 8 % de la UIT (412 soles), 40 puntos en el historial de conductor y la retención del vehículo.
Asimismo, la M45, se aplicará a aquellos conductores que, por incumplir el pago del peaje, circulen por rutas no autorizadas, es decir que no forman parte de caminos, vías urbanas o del Sistema Nacional de Carreteras; y la M46, a quienes generen daños materiales a las garitas o puntos de peaje o a otros vehículos, con el mismo fin.
En ambos casos, la infracción es considerada muy grave y se sanciona con una multa de 12% de la UIT (618 soles), 50 puntos en el historial del conductor, el internamiento vehicular y la retención de licencia de conducir.
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La norma que modificó el MTC establece obligaciones a los conductores, relacionadas con el uso del carril señalizado, según la forma de pago del peaje que se elija (manual o electrónica); y a las entidades o empresas concesionarias, las cuales deberán señalizar los carriles de telepeaje.
Los ciudadanos, como las personas jurídicas (concesionarias) o cualquier otra entidad pública pueden denunciar las infracciones de tránsito ante la municipalidad provincial (en el caso de las garitas que se encuentren en zonas urbanas) o a la Sutran (en vías nacionales). Esto se hará con medios probatorios fílmicos, fotográficos u otro similar, donde se evidencie la placa del vehículo.
Vías con tecnología
Los administradores de las vías públicas (gobiernos locales, gobiernos regionales, Provías Nacional o empresas concesionarias), se beneficiarán con la medida, ya que contarán con la posibilidad de emplear instrumentos tecnológicos para el cobro del peaje.
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