Prohíben expulsión de mujeres migrantes con niños y en situación vulnerable

También promulgan ley que establece límites para el ingreso y tránsito de ciudadanos extranjeros en el país.


Con la finalidad de garantizar la protección a migrantes víctimas de violencia, el Congreso de la República promulgó una ley que prohíbe expulsar del Perú a mujeres extranjeras con hijos menores de edad y en situación vulnerable.

La Ley N.º 31685, publicada ayer en el Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, incorpora un numeral al artículo 11 del Decreto Legislativo de Migraciones.

El nuevo artículo señala que Migraciones y el Ministerio de Relaciones Exteriores no expulsarán ni obligarán la salida del territorio nacional a las mujeres migrantes con hijos en situación de vulnerabilidad que sean víctimas de violencia familiar y sexual, de trata de personas o de tráfico ilícito de migrantes.

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Esta protección se otorga siempre y cuando la mujer “no sea responsable de dicha situación de vulnerabilidad”, se indica en la norma.

Más de 1.3 millones

En tanto, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) informó que, hasta agosto de 2021, el número de extranjeros que viven en Perú asciende a 1’347,893.

Según la publicación ‘Perú: Estadísticas de la Emigración internacional de peruanos e inmigración de extranjeros’, entre 2018 y 2021 se reportaron los más altos porcentajes de ingreso. El 54.2 % son hombres y el 45.8 % mujeres.

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Del total de extranjeros, la mayoría son venezolanos (1’170,621), seguido de los colombianos con 3.3 % (44,250), ecuatorianos 1.1 % (14,156), estadounidenses 1 % (13,444), españoles 1 % (13,393), argentinos 0.8 % (11,181), chilenos 0.7 % (10,096), brasileños 0.7 % (9,501), chinos 0.7 % (9,041). En el Perú viven 1’347,893 extranjeros, según datos del INE.

Límites para el ingreso

El Congreso también promulgó una ley que establece límites para el ingreso y tránsito de ciudadanos extranjeros en el país, como parte de medidas legislativas en favor de la seguridad ciudadana.

La norma publicada en el diario oficial El Peruano, modifica los artículos 10, 45, 61 y 63 del Decreto Legislativo de Migraciones (DL 1350).

La modificación del artículo 10 dispone que los extranjeros deben respetar el marco normativo vigente, “en especial en lo referido al legado histórico y cultural del Perú, al orden público, orden interno, seguridad nacional, seguridad ciudadana y las disposiciones sanitarias y ambientales”.

El Congreso incorporó el numeral 11.3 al artículo 11 del Decreto Legislativo 1350, Decreto Legislativo de Migraciones, con el propósito de garantizar la protección de las migrantes. La modificación se aprobó con 114 votos a favor, cero en contra y tres abstenciones.

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