Ejecutivo publica cambios en la Ley del Teletrabajo: desde la pandemia miles de personas trabajan bajo esta modalidad

Entre las modificaciones se encuentra la prohibición de realizar actividades particulares en el lugar del teletrabajo.

Diario expreso - Ejecutivo publica cambios en la Ley del Teletrabajo: desde la pandemia miles de personas trabajan bajo esta modalidad

El Ejecutivo publicó finalmente la modificación de la Ley del Teletrabajo, la cual  fue aprobada por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social y finalmente por el Pleno del Parlamento. 

Se indicó que durante el desarrollo de la jornada laboral, el teletrabajador se encuentra prohibido de abandonar el lugar habitual de teletrabajo y de realizar actividades particulares. En este último caso, si las realiza, deberá justificarlas.

Además, que de no presentar la justificación constituye una falta disciplinaria grave, siendo causal para el inicio de un procedimiento disciplinario y posterior sanción, según corresponda, la cual puede disponer la reversión automática de la modalidad de teletrabajo.

Sin embargo, esta modificación no solamente alcanza a este punto, sino que hay al menos cuatro cambios más que se han hecho a esta ley. Estas entrarán en vigor en un plazo no mayor de tres meses (90 días calendario)

Las modificaciones

Las modificaciones a la Ley de Teletrabajo se realizaron en los artículos 6, 11, 12, 21 y 23.

En el artículo 6, sobre los derechos del teletrabajador, se incorpora el párrafo 6.7 que menciona que “el tiempo no laborado a causa de cortes en el suministro de la luz o por la falta de servicio de internet debidamente acreditados no puede ser motivo de descuento en las remuneraciones del teletrabajador ni tampoco es objeto de recuperación posterior”.

MÁS INFORMACIÓN: Gremio hotelero contradice al Mincetur: El turismo peruano aún no se recupera

Respecto al artículo 11, se incluye el párrafo 11.2 que refiere que “en caso de cambio del lugar habitual de teletrabajo, el teletrabajador debe informarlo al empleador con una anticipación de cinco días hábiles, salvo causa debidamente justificada. En este caso, el teletrabajador garantiza las condiciones informáticas y de comunicación óptimas para realizar el teletrabajo de manera adecuada”.

En el artículo 12, se estableció requisitos mínimos con los que debe contar el contrato o el acuerdo del cambio de modalidad de prestación de labores.

“Para la contratación de teletrabajadores o para el cambio de modalidad de prestación de labores de la modalidad presencial al teletrabajo, el empleador y el trabajador o servidor civil definen, como mínimo, establecer las condiciones del retiro de documentación confidencial de las instalaciones de la entidad empleadora para realizar el teletrabajo, especificando las responsabilidades del teletrabajador”, se indicó.

Se señala que de no presentar la justificación constituye una falta disciplinaria grave, siendo causal para el inicio de un procedimiento disciplinario y posterior sanción, según corresponda, la cual puede disponer la reversión automática de la modalidad de teletrabajo.

Pausas activas

El artículo 23 señala que se establecen obligatoriamente los descansos para la realización de pausas activas durante la jornada laboral en la que “el empleador comunica y capacita al teletrabajador sobre las medidas, condiciones y recomendaciones de seguridad y salud en el teletrabajo que está obligado a cumplir en el lugar en el que desarrolla sus labores, que consideran establecer obligatoriamente los descansos para la realización de pausas activas durante la jornada laboral”.

LO MEJOR DE ECONOMÍA:   

Gratificación, julio 2024: conozca las fechas máximas de depósito y cuánto dinero le corresponde

Congreso: todo sobre la propuesta de retiro de fondos para afiliados a ONP

Fonavi 2024: puede cobrar hoy si figura en estas listas y grupos de reintegro | Información de Reintegro 2

Mira más contenidos siguiéndonos en FacebookXInstagram, TikTok y únete a nuestro grupo de Telegram para recibir las noticias del momento.