Fonavi: Gobierno promulga ley de devolución de aportes | Beneficiarios y forma de pago

Herederos de fonavistas también están incluidos.

Diario expreso - Fonavi: Gobierno promulga ley de devolución de aportes | Beneficiarios y forma de pago

La presidenta Dina Boluarte promulgó este sábado la nueva Ley N° 31928, que facilita la devolución parcial de los fondos del Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi). La normativa, publicada en el Diario Oficial El Peruano, establece medidas significativas para la devolución de aportes, reconociendo el derecho incluso a los herederos de trabajadores fallecidos que contribuyeron al extinto fondo.

La ley, focalizada en beneficiar a aportantes mayores de 60 años, personas con enfermedades terminales o registradas en el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis), modifica aspectos clave de la Ley N° 29625. Entre los cambios, se destaca la creación de una Comisión Ad Hoc encargada de aplicar los procedimientos para cumplir con lo establecido en la nueva normativa.

Luis Luzuriaga, presidente de la Federación Nacional de Fonavistas y Pensionistas del Perú, expresó su satisfacción por la medida, aunque criticó el retraso del Gobierno en la publicación de la ley. La Comisión Ad Hoc tiene la tarea de entregar Certificados de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista en un plazo no mayor de 30 días hábiles.

Fonavi: beneficiarios, fecha y forma de pago

El dirigente fonavista señaló que el padrón actual cuenta con 1 millón 200 mil fonavistas, y el monto disponible para los adelantos asciende a S/2,327 millones. Sin embargo, resaltó la necesidad de más fondos, proyectando un requerimiento de más de S/3,000 millones en el presupuesto público 2024.

La devolución de aportes al Fonavi será al titular o a su representante debidamente autorizado y, en caso de fallecimiento, será a sus deudos, siguiendo un "orden de prelación excluyente".

De acuerdo con la ley, la devolución de aportes comenzará el 14 de diciembre de 2023, priorizando a personas mayores de 60 años, registradas en el Conadis o con enfermedades graves o terminales. Los pagos se llevarán a cabo a través del Banco de la Nación.

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La Comisión Ad Hoc, además, tiene la facultad de calcular el aporte en casos donde no se cuente con información precisa. En situaciones donde el monto total calculado sea menor al reconocido, se adoptará la solución más beneficiosa para el fonavista, sin exigir la devolución de la diferencia.

En cuanto a herederos, la ley sí establece la devolución en caso de fallecimiento, asegurando una distribución equitativa en casos de concurrencia de dos o más deudos con igual derecho.

Link de Secretaría Técnica

El padrón de beneficiarios estará disponible en las próximas semanas en la página de la Secretaría Técnica del Fonavi, AQUÍ.

La devolución, tanto total como a cuenta, se registrará en el Certificado de Reconocimiento de Aportaciones y Derechos del Fonavista. La Comisión Ad Hoc deberá atender de manera prioritaria a los fonavistas que cumplen con las condiciones establecidas.

Este importante paso busca aliviar las dificultades asociadas con la obtención de información sobre los fondos aportados por los trabajadores entre los años 1979 y 1998 al Fonavi, ofreciendo un marco legal para la devolución de aportes.

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