Gobierno crea comisión para elaborar proyecto de nuevo sistema de pensiones

Comisión Multisectorial se instalará en un plazo máximo de cinco días hábiles.

El gobierno de Pedro Castillo promulgó un decreto supremo que crea la conformación de una comisión multisectorial que se encargará de elaborar el proyecto normativo de un nuevo sistema de pensiones, de cara a una cobertura previsional «digna y universal».

De acuerdo a lo que establece el Decreto Supremo N° 081-2022-PCM, publicado en las normas legales del Diario Oficial El Peruano, la referida comisión tendrá el encargo de elaborar un informe técnico de la propuesta, considerando la no afectación a la sostenibilidad fiscal, además de otro informe que contenga una evaluación real del sistema previsional peruano.

El grupo de trabajo estará conformado por el presidente del Consejo de Ministros; el viceministro de Economía del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF); el viceministro de Hacienda del MEF; el viceministro de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y un representante de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

Además, un representante del Banco Central de Reserva del Perú (BCR) y un representante de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS). Los integrantes de la comisión multisectorial contarán con un representante alterno (a) y el ejercicio de las funciones de los titulares y alternos (as) no representarán gasto al Estado, porque será ad honorem.

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Según la normativa promulgada, la comisión está autorizada de solicitar información, colaboración, asesoramiento, apoyo, opinión o aportes técnicos de voceros de la sociedad civil, y representantes de entidades públicas o privadas del ámbito nacional e internacional. La comisión multisectorial tiene un período de vigencia de seis meses, contado a partir de su instalación.

En los últimos años se han conformado diversas comisiones con miras a una reforma del Sistema Previsional Peruano, tanto en el Poder Ejecutivo y en el Poder Legislativo; sin embargo, hasta el momento, no se ha concretado una propuesta normativa consensuada con todos los involucrados.

En los artículos 10 y 11 de la Constitución Política del Perú, el Estado reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona a la seguridad social, para su protección frente a las contingencias que precise la ley y para la elevación de su calidad de vida, así como el libre acceso a prestaciones de salud y a pensiones, a través de entidades públicas, privadas o mixtas, y supervisa su eficaz funcionamiento.

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