Gratificación 2022: tipos, cuánto recibiré y cómo calcular
El próximo 15 de diciembre vence el plazo legal para que los empleadores realicen el pago de las gratificaciones por Navidad. Si eres parte del sector privado y tienes dudas sobre cuánto recibirás, aquí te enseñamos a calcularla.
El monto de este beneficio social equivale a una remuneración mensual para trabajadores de empresas regulares y media, para los de pymes.
Según la Ley de Gratificaciones N° 27735, el empleado de actividad privada deberá percibir en diciembre del 2022 un sueldo íntegro por concepto de gratificaciones, siempre y cuando haya laborado el semestre completo de julio a dicho mes.
«Sobre ese monto debe percibir una bonificación extraordinaria del 9 %. Estos dos conceptos deben de figurar en la planilla electrónica de diciembre», comunicó el gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Álvaro Gálvez.
Para los trabajadores afiliados a una Empresa Prestadora de Salud (EPS), la CCL precisó que la bonificación extraordinaria es 6,75 % del monto de la gratificación.
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De acuerdo al artículo 5 de la Ley sobre gratificaciones, las empresas deben depositar la gratificación hasta el 15 de diciembre.
¿Cuánto me corresponde si percibo sueldo mínimo?
La gratificación equivale a un sueldo adicional, solo si el trabajador laboró un semestre completo: del 1 de enero al 30 de junio y del 1 de julio al 31 de diciembre. Quienes ganen el suelto mínimo, S/1,025, puede recibir la misma cantidad, pero depende del tipo de empresa en el que esté.
¿Cuánto recibiré si tengo un mes trabajando?
En ese caso, no se recibirá una gratificación completa. Sin embargo, el monto del pago será de 1/6 de la remuneración computable por el mes laborado.
¿Y si no me pagan mi gratificación legal?
La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) detalla que el incumplimiento de pago de este beneficio laboral está tipificado con una infracción grave. De este modo, una pequeña empresa podría llegar a pagar hasta S/ 20,700, y las medianas y grandes recibirían una multa de hasta S/120,152.
En el caso la empresa no pague el beneficio laboral, puedes denunciar el hecho mediante la web de Sunafil. El ente maneja estas querellas de manera reservada, por lo que el empleador no sabrá de quién lo denunció. Tras corroborarse que no se haya percibido el pago, Sunafil ordenará el pago íntegro.
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¿Qué empresas no pagan gratificaciones?
El portal Actualidad Gubernamental señala que quienes no reciben gratificación son los trabajadores que hayan laborado menos de un mes. Los empleados del sector publico reciben un aguinaldo.
De igual forma, los de microempresa, independientes e informales, tampoco reciben el beneficio. Es importante precisar que los trabajadores independientes (no sujetos a subordinación laboral con la empresa), no recaudan gratificación cuando no son trabajadores de planilla, pues están regulados por el Código Civil por locación de servicios.
Fui despedido, ¿me corresponde?
El trabajador despedido tiene derecho a percibir las gratificaciones truncas que se generen al momento del cese, siempre que haya laborado como mínimo un mes en el semestre respectivo. El monto se determina de manera proporcional a los meses completos en el periodo en que se produzca el cese.
Tipos de gratificaciones
Según el portal de La Ley, existes dos tipos de gratificación y también hay subtipos.
Gratificación ordinaria es la que se percibe cuando existe una relación vigente entre empleador y empresa durante la fecha de pago.
- Ordinaria completa: cuándo el trabajador ha laborado todo el semestre
- Ordinaria proporcional: cuando el trabajador no ha laborado todo el semestre.
Gratificación trunca es la que se percibe una vez que se rompe la relación del trabajador con la empresa, es decir cuando cesa sus labores.
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¿Cómo calculo mi gratificación?
La gratificación ordinaria se puede pagar por meses y días laborados. Por cada mes corresponde 1/6 de una remuneración computable. Y por cada día 1/30 de 1/6 de una remuneración computable.
La gratificación trunca se paga solo por mes calendario completo que se haya laborado en el periodo. En ese caso, 1/6 de remuneración computable.
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— Diario Expreso (@ExpresoPeru) December 5, 2022
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