Reforma de pensiones no afectará el cumplimiento de la meta fiscal: ley aprobada da facultades al MEF para mantener equilibrio
Costo fiscal oscilaría entre 0.19% y 0.33% del PBI adicionales entre 2024 y 2070, según Macroconsult. Habrá pensión mínima, mayor competencia, cobertura al 100% y solo se cobrará comisión cuando rentabilidad sea positiva para afiliados.
Reforma de pensiones no afectará el cumplimiento de la meta fiscal: ley aprobada da facultades al MEF para mantener equilibrio.
La reforma del sistema previsional, recientemente aprobada por el Congreso de la República, otorga una serie de facultades al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) para que pueda mantener un óptimo equilibrio entre el gasto público en pensiones y el presupuesto anual, con el fin de no afectar el cumplimiento de la meta fiscal.
Especialistas en temas previsionales, que han analizado a profundidad la norma, explicaron que con relación a la pensión mínima existen dos disposiciones que permiten al MEF acotar significativamente el monto destinado al financiamiento público de este beneficio.
El Artículo 11 de la autógrafa de ley autoriza al MEF a definir la unidad de aporte, que equivale a un mes de aporte en el sistema, mientras que el Artículo 25 sobre los beneficiarios de la pensión mínima le otorga la potestad de reglamentar las condiciones de acceso, haciendo posible establecer límites para quienes no cuenten con las unidades de aporte efectivas requeridas para este mecanismo.
En esa línea, además, los incisos A y B de la Cuarta Disposición Complementaria Final de la norma, brindan al Ejecutivo la facultad de proponer y evaluar cada tres años el monto de la pensión mínima, considerando “la capacidad financiera del Estado y las posibilidades de la economía nacional”, así como la opinión técnica del Consejo Fiscal.
Pensión por consumo
Sobre la pensión por consumo, el Artículo 36 de la reforma indica que “en caso el monto a transferir supere los recursos autorizados en la respectiva Ley de Presupuesto del Sector Público, la distribución será a prorrata […]”. Es decir, el MEF contará con la flexibilidad necesaria para realizar las transferencias de recursos correspondientes a los subsidios por consumo.
Por otro lado, sobre la ampliación del Programa Nacional de Asistencia Solidaria Pensión 65 a las personas adultas mayores de 65 años en situación de pobreza, detallaron los expertos, el inciso A de la segunda Disposición Complementaria Transitoria señala que esto se podrá realizar de manera “progresiva, según la capacidad financiera del Estado y las posibilidades de la economía nacional”.
Todas estas disposiciones legales están incorporadas en la ley aprobada por el Parlamento, que está en manos de la presidenta de la República, Dina Boluarte, para su promulgación, y que garantizarán un mayor manejo al MEF para dar sostenibilidad a las finanzas públicas al implementar la reforma de pensiones.
Costo fiscal
El costo fiscal de la reforma previsional se ubicaría entre el 0.19% y 0.33% del Producto Bruto Interno (PBI) adicionales entre los años 2024 y 2070, por lo que no pondría en riesgo la sostenibilidad de las finanzas públicas, según el estudio “Análisis y estimación del costo fiscal de la ley de reforma al sistema previsional peruano”, elaborado por Macroconsult.
Según la prestigiosa consultora, mantener el actual sistema sin cambios, implicaría dejar de lado al 50% de la población mayor a 65 años en 2024. Además, esta cifra iría en aumento hasta 70% de la población adulta mayor en 2070, con el agravante de pobreza en la vejez.
Igualmente, de acuerdo al informe, la reforma permitirá alcanzar una cobertura gradual de toda la población peruana. Así, en un escenario de reforma base, se proyecta que el 47% de los adultos mayores pertenezcan al sistema previsional en 2030; el 59% en 2050; 90% en 2060 y el 100% en 2070. Es decir, en el año 2070 todos los adultos mayores gozarían de una pensión. Esto se explica, principalmente, por el cierre de la Ley 95.5 (que otorga la posibilidad retirar hasta el 95.5% del total de una Cuenta Individual de Capitalización al momento de la jubilación) para menores de 40 años, así como por la entrada en vigencia de la pensión por consumo.
En cambio, si se sostiene el actual sistema (que afronta retiros extraordinarios de aportes y en el que no toda la población sin jubilación accede a mecanismos como la Pensión 65), la cobertura descendería a 45% en 2030, a 33% en 2050 y a 29% en 2070.
Con respecto a las pensiones, el estudio precisa que hacia 2070 estas alcanzarían un promedio de S/ 860 entre la población adulta mayor (con una cobertura del 100%, que incluye un mayor alcance del programa Pensión 65). Por el contrario, de mantenerse el actual sistema, la pensión promedio al final del periodo sería de S/510 para personas dentro del régimen y de S/ 150 considerando pensiones nulas para los adultos mayores no cubiertos por el sistema.
Mejor sistema
La reforma del sistema previsional también implementará una serie de mecanismos que buscan mejorar las condiciones del sistema actual. Por ejemplo, se plantea aumentar la competencia para administrar los fondos y podrán entrar a este sector bancos, cajas, financieras, aseguradoras, cooperativas y otras entidades supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
La norma crea, igualmente, la pensión por consumo, mediante la cual las personas, sean o no afiliadas al sistema privado o al público, podrán destinar un 1% de sus consumos a sus fondos de pensiones –acreditados con comprobante de pago– hasta por un máximo de S/ 41,200 al año (ocho UIT), en compras individuales que no deben superar los S/ 700.
A su vez, fija una pensión mínima garantizada de S/ 600 en el sistema privado, similar a la que ya reciben los afiliados a la Oficina de Normalización Previsional (ONP). Para lograr este beneficio, el afiliado deberá cumplir con 240 aportes (20 años), sin importar el monto que haya destinado a su fondo mensualmente. Si el fondo acumulado no es suficiente para alcanzar la pensión de S/ 600, el Estado financiará lo restante, mientras que, quien tenga un mayor fondo, recibirá una mayor pensión.
La iniciativa también adiciona una opción a las comisiones de administración que se les cobra a los afiliados, y que hasta ahora eran solo dos: por saldo o por flujo. Se trata de la comisión por desempeño o resultados, la cual se cobrará cuando la rentabilidad sea positiva para los trabajadores.
La SBS a favor de la ley
El superintendente de Banca, Seguros y AFP, Sergio Espinosa, afirmó que la reforma del sistema de pensiones aprobada por el Congreso de la República es positiva en líneas generales.
“Esta ley ha sido fruto de un proceso de intercambio de opiniones entre diversos sectores y en el cual se ha llegado a una conclusión que es, en general, positiva. ¿De acuerdo? Siempre va a tener cosas en las cuales uno puede no estar de acuerdo, pero yo creo que el esquema que se ha diseñado es, en general, positivo”, sostuvo.
Consultado sobre una eventual promulgación u observación de la autógrafa de ley, Espinosa aseguró que esa decisión corresponderá a la evaluación que realice el Poder Ejecutivo, evaluando el costo fiscal de la reforma previsional.
“La decisión de observar o no va a depender de la evaluación que se haga del costo fiscal, de la ley y eso es algo que solamente puede hacer el Ministerio de Economía, ¿no? Porque hay un costo fiscal asociado a algunos de los temas de la ley y eso es lo que tiene que ser adecuadamente evaluado y ver si hay la posibilidad o no de cubrirlo”, señaló.
El motor del cambio
“Al mal primer gobierno de Acción Popular –que acabó con golpe de Estado– le siguieron doce años de régimen militar socialista, poniéndonos al borde de ser la Cuba sudamericana. Vino la quiebra nacional tras la gestión socialista del APRA. Sintetizando, ¡La izquierda quebró el Perú! ¡Como sigue haciéndolo hoy! El sentido común del gobierno de (Alberto) Fujimori nos salvó del caos. Aunque precisemos: el motor del cambio fueron las AFP, instrumentalizadas por el régimen fujimorista”, apuntó, días atrás, el director honorario de EXPRESO, Luis García Miró Elguera, en su columna El Mundo al Revés.
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