Retiro 100% CTS: ¿por qué la tercera semana de junio será clave para la liberación del dinero acumulado?
Miércoles 15 de mayo es último día en que empresas deben abonar el monto correspondiente a la Compensación por Tiempo de Servicios.
Billetes de soles (Borja/EXPRESO).
Este miércoles 15 de mayo vence el plazo para que las empresas depositen el primer monto de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) en 2024, pero ¿ya se puede retirar el dinero acumulado?
La demora en la respuesta por parte del gobierno de Dina Boluarte sobre la autógrafa enviada desde el Congreso mantiene en vilo a más de tres millones de trabajadores formales que esperan contar pronto con un dinero extra.
Sin embargo, debido a la contundente aprobación que recibió en el debate en el pleno parlamentario, una eventual respuesta negativa o un ‘mutis’ por parte del Ejecutivo no sería impedimento para que la CTS vuelva a ser un beneficio al que se pueda acceder libremente por lo que resta de 2024.
Junio, el mes clave para el retiro del 100% de la CTS
El plazo para que el Ejecutivo responda sobre el caso CTS vence el próximo 24 de mayo y una eventual observación podría alargarlo durante algunas semanas más, tomando en cuenta los siguientes trámites necesarios para la materialización de la medida. Acá, simplificamos un cuadro de eventuales acciones si se da este panorama:
- Posible observación del Gobierno: 24 de mayo.
- Evaluación y aprobación en comisiones del 27 al 31 de mayo.
- Aprobación por insistencia en el Pleno del Congreso: 6 de junio.
- Promulgación de la ley: 7 de junio.
- Publicación del reglamento por parte del Ministerio de Trabajo: 17 de junio (10 días calendario).
- Inicio de retiro de la CTS: 18 de junio.
Vale señalar que si el gobierno de Dina Boluarte opta por dar el visto bueno al retiro del 100% de la CTS, enseguida deberá ser promulgada y difundida a través del diario El Peruano. Tras ello, el Ministerio de Trabajo publicará el reglamento y se adelantarían los plazos, provocando que los trabajadores accedan a sus acreencias acumuladas durante la primera semana de junio.
¿Cómo calcular el pago de la CTS?
En cuanto al cálculo del monto económico que cada colaborador debe percibir en cada depósito, existe una fórmula que facilita la ecuación. Para este procedimiento es necesario tomar en cuenta el sueldo, la gratificación, horas extras y la asignación familia (si aplica).
En primer lugar, la CTS proviene de la suma del 50% del sueldo mensual, más 1/6 de la gratificación recibida en el periodo, más 1/6 del total de horas extras remuneradas, más la asignación familia (en caso aplique).
Vale recordar que, si el trabajador recibe un sueldo variable, la Compensación de Tiempo de Servicios se calcula mediante un promedio de sueldo total recibido en el periodo de cálculo.
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