Sunat: ¿cómo debo declarar y presentar mi renta anual de 2022?
Desde el pasado 6 de marzo, las personas naturales deben presentar la declaración jurada anual de impuesto a la renta 2022, no obstante, no todos tienen la obligación de hacerlo.
La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) es la encargada de determinar qué contribuyentes deben o no declarar.
¿Quiénes deben declarar el impuesto a la renta?
Están obligados a presentar la declaración jurada anual todas aquellas personas que en 2022 han obtenido rentas o pérdidas de tercera categoría y que han estado en régimen general.
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También deben presentar declaración las personas o entidades generadoras de rentas de tercera categoría que han realizado operaciones gravadas con el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) por haber efectuado el pago de más del 15 % de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o medios de pago.
¿Cómo pagar mis impuestos?
- Ingresa a Pago sin Clave SOL.
- Selecciona el tipo de documento.
- Ingresa el número de documento de identidad.
- Ingresa tu correo electrónico, que será validado por la Sunat.
- Seguido aparecerá una ventana con la lista de tributos que se pueden pagar sin Clave SOL.
- Ingresa los datos del contribuyente, así como la información que el sistema solicite respecto del concepto que se cancelará, debiendo considerar como importe un monto mayor a cero.
- Cancela con una tarjeta de crédito o débito. Recuerda que debe estar habilitada para pagos por Internet.
¿Quiénes deben pagar el impuesto a la renta?
Este impuesto tiene que ser pagado de forma obligatoria por el beneficiario de la renta; esto nos indica que, la persona que trabaja o el propietario de un negocio es quien debe hacer la declaración.
El impuesto a la renta se aplica a los ingresos de la persona natural que provienen de todo tipo bienes de muebles o inmuebles, acciones u otros valores inmobiliarios, al igual que el trabajo realizado de forma dependiente o independiente, siempre que no realices actividad empresarial.
¿Quiénes no están obligados a pagar el impuesto a la renta?
La Sunat confirma que no están obligados a declarar las siguientes personas:
- Los trabajadores independientes (con rentas de cuarta categoría) que emitan recibos por honorarios y perciban ingresos mensuales que no superen los S/ 3,609.
- Aquellos profesionales que tengan funciones de directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares y perciban rentas por dichas funciones y, además, otras de cuarta y/o quinta categoría y que el total de lo percibido en el mes no supere los S/ 2,888.
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