Dina Boluarte podría ser vacada por ley de despacho remoto, según Enrique Ghersi

Congreso aprobó, en primera votación, permitir que presidenta pueda ejercer su cargo de manera virtual desde el exterior, norma que sería anticonstitucional.

Diario expreso - Dina Boluarte podría ser vacada por ley de despacho remoto, según Enrique Ghersi

Casi al filo de la medianoche del miércoles pasado, el pleno del Congreso aprobó el texto sustitutorio del proyecto de ley presentado por el Poder Ejecutivo que propone ejercer el cargo y gestión del despacho de la Presidencia de la República de forma remota cuando se encuentre fuera del país.

Con 68 votos a favor, 37 en contra y 10 abstenciones, se aprobó en primera votación un proyecto que es impulsado desde el Ejecutivo y que deberá ser debatido y votado nuevamente la próxima semana. Algunas voces afirman que ejercer la presidencia de manera remota podría ser motivo para pedir la vacancia de Dina Boluarte.

El debate ya está sobre la mesa, y si bien es cierto la mayoría de expertos en temas constitucionales afirman que este proyecto de ley no tiene ningún asidero jurídico, otros señalan que al existir una especie de vacío constitucional en la Carta Magna se puede aplicar de manera excepcional esta norma para que Boluarte pueda despachar de manera virtual cuando le corresponda salir del país por razones estrictamente protocolares.

Causal de vacancia

El abogado, político y constitucionalista Enrique Ghersi sostiene que la presidenta Dina Boluarte cometería un error si se atreve a despachar de manera remota sin que exista una reforma constitucional previa. Es más, señaló que eso podría ser una causal para forzar su vacancia. “Si ella (Boluarte) se va de viaje y pretende ejercer la presidencia de manera remota, sus actos serían nulos porque emanarían de una norma anticonstitucional.

Por eso creo que ha sido una gran imprudencia de los parlamentarios haber aprobado este proyecto tal y como vino; era aconsejable hacer una reforma constitucional. Si Boluarte sale del país y quiere despachar de manera remota sin dejar a un vicepresidente encargado, como establece nuestra Carta Magna, podría ser causal de vacancia por abandono del cargo, algo que sería gravísimo”, precisó.

Ghersi sugirió subsanar lo más pronto posible este vacío que existe en la actual Constitución, sobre todo en la situación actual de Dina Boluarte que no cuenta con un vicepresidente que la reemplace:

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“Sin duda hay un vacío constitucional que estamos sufriendo en la actualidad, porque la plancha presidencial que presentó Pedro Castillo estaba incompleta al ser tachado Vladimir Cerrón, lo cual para muchos ya era una irregularidad. La tesis es correcta y debe subsanarse este vacío porque se pueden presentar obligaciones internacionales ineludibles para la presidenta, pero esta subsanación no puede ni debe hacerse bajo un mecanismo anticonstitucional porque se pone en riesgo la estabilidad de la presidencia. Ha debido ser una modificación constitucional para permitir el ejercicio remoto de la presidencia”.

Tras sostener que estamos frente a un problema de orden legal y asegurar que no se puede dictar esa disposición sin modificar la Constitución, debido a que no tiene suficiente jerarquía legal una modificación de la ley orgánica del Poder Ejecutivo para permitir el ejercicio remoto de la presidencia, añadió lo siguiente: “Los congresistas votan de esa manera por una mala asesoría jurídica y el TC podría declarar inconstitucional en cualquier momento porque no tiene jerarquía suficiente; es una norma manifiestamente inconstitucional. El régimen político de la Constitución se basa en el ejercicio presencial de la magistratura, y por eso en el Perú, a diferencia de otros países, hay dos vicepresidentes”, puntualizó.

“Esta norma va a ser declarada inconstitucional por el TC apenas alguien interponga una demanda y expone gravemente la estabilidad institucional del Poder Ejecutivo”, subrayó.

Medida aceptable

El expresidente del Tribunal Constitucional, Ernesto Blume, tiene otra interpretación y sostiene que estamos frente a una situación sui géneris que ningún especialista previó al momento de redactar la Constitución Política del Perú. Frente a este panorama, puntualizó que el proyecto de ley que impulsan algunas bancadas congresales es una suerte de “medida de urgencia aceptable” para que la presidenta Dina Boluarte pueda viajar al exterior a cumplir con la representación internacional del Estado peruano en eventos puntuales.

“Estamos frente a una situación que supera lo que se denomina la previsión normativa del legislador, vale decir es una situación que no ha sido prevista; al momento de hacer la Constitución nadie se puso en el supuesto de que pudiera producirse una situación de esta naturaleza”, indicó a EXPRESO.

Por Martín Rodríguez

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