Ernesto Blume: «César Landa creó la denegatoria fáctica de la cuestión de confianza»

Extribuno dice que Martín Vizcarra sí puede ser procesado por haber roto el orden constitucional al haber alterado la división de poderes cuando dio el golpe de Estado.

Diario expreso - Ernesto Blume: «César Landa creó la denegatoria fáctica de la cuestión de confianza»

El TC determinó, finalmente, que la denegatoria fáctica de la cuestión de confianza es contraria a la Constitución. ¿Puede ser procesado Martín Vizcarra por haber asestado un golpe de Estado?

Desde mi punto de vista, sí, porque, independientemente de la decisión adoptada por el Tribunal Constitucional en la sentencia que usted refiere, existe evidentemente una responsabilidad por haber roto el orden constitucional al haber alterado la división de poderes. Es así que la sentencia del TC ha establecido clara e inequívocamente que no es constitucional la figura de la denegación fáctica.

¿Sí podríamos hablar, entonces, de un golpe de Estado?

Sí, y yo lo dije en mi voto singular señalando que la figura de la denegación fáctica era inconstitucional y que se había producido un quebrantamiento del principio de separación de poderes.

No solo la interpretación de la denegatoria de la cuestión de confianza estuvo mal, sino la presentación de la misma, porque se planteó por la elección de los miembros del TC, que es una facultad exclusiva y excluyente del Parlamento.

Evidentemente, y no solamente eso, sino que también estuvo muy mal la intervención del entonces premier Salvador del Solar, quien irrumpió inopinadamente en el Hemiciclo, se aprovechó de que un congresista de oposición (Gino Costa) estaba haciendo uso de la palabra y, manu militari, planteó una cuestión de confianza. Todo eso fue irregular y violatorio de la Constitución. Nunca debió plantearse cuestión de confianza respecto a un tema ajeno al Poder Ejecutivo.

¿Por qué asuntos puede el Ejecutivo presentar una cuestión de confianza?

Por los asuntos relacionados con las políticas de Gobierno, exclusivamente. No puede respecto a reformas constitucionales ni de temas ajenos a su competencia o que correspondan a las competencias y atribuciones de las otras instituciones del Estado y órganos de rango constitucional.

¿Sí lo puede hacer para evitar la censura de algún ministro?

En la medida en que la censura de un ministro es algo que compete a su propio fuero, podría hacerlo también.

¿Es válida la denuncia constitucional que presentó Alejandro Muñante contra Vizcarra, Del Solar y los demás exministros por el cierre del Congreso?

Yo veo que hay bastante fundamento para iniciar una investigación congresal y determinar las responsabilidades, porque, en el objetivo de disolver inconstitucionalmente el Congreso, hay un conjunto de responsables. No había ningún fundamento para amparar la denegación fáctica, que fue una creación de César Landa.

¿César Landa fue el creador de la denegación fáctica?

Así es. Según la información que yo manejo, César Landa fue uno de los principales autores intelectuales de esta figura.

¿Lo que ha hecho el TC es restablecer el equilibrio de poderes?

El colegiado actual del TC ha protagonizado un hecho histórico porque no solo ha restablecido el principio de separación de poderes, sino que ha rescatado la competencia del Congreso de la República para determinar cuándo otorga o no la confianza. Lo otro era simplemente un ejercicio académico muy creativo, pero sin base constitucional, que convertía al Poder Ejecutivo en el dueño de la decisión de si consideraba que le habían otorgado o no la confianza, basándose en una apreciación de los hechos y no en una decisión del Pleno del Legislativo.

Hay que recordar que la cuestión de confianza que planteó Vizcarra fue, incluso, aprobada en los votos por el Pleno.

Exactamente; no obstante, interpretó que fácticamente había un rechazo y disolvió el Congreso, con lo cual rompió el orden constitucional y protagonizó un golpe de Estado.

¿Cuál fue el argumento de Manuel Miranda, Carlos Ramos, Eloy Espinosa-Saldaña y Marianella Ledesma para convalidar el golpe? ¿Que las cosas ya habían sucedido y no se podía retrotraer el caso?

Ampararon la posición de que la expresión de voluntad del Congreso no solamente se plasmaba en un acuerdo expreso, sino que podía deducirse -por su comportamiento- una negación, aunque no hubiese un pronunciamiento expreso, lo cual carece de fundamento, porque el dueño de otorgar o no la confianza es el Poder Legislativo y esa decisión se expresa mediante un acuerdo expreso de su máximo órgano, que es el Pleno del Congreso.

Por Aaron Salomón

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