Abogado de Castillo perdió la paciencia y ‘cuadró’ a Jaime Chincha

Defensa legal del expresidente asegura que su patrocinado solo leyó un mensaje y no dio un golpe de Estado.


El abogado Guillermo Olivera Díaz, defensor número 17 del expresidente golpista Pedro Castillo, se exasperó cuando le dijeron que su cliente habría pisoteado la Constitución, por lo que amenazó con retirarse del set del programa ‘Octavo Mandamiento’ que conduce Jaime Chincha y volvió a sostener que su patrocinado solo leyó un mensaje y eso no configura como un golpe de Estado

“Mi patrocinado solo ha leído un mensaje. No ha emitido ninguna orden, no ha establecido ningún gobierno de excepción, no ha decretado nada, así como lo escucha. La lectura de un mensaje, de una proclama o de lo que fuere, aunque contemple el contenido grave, o aunque contemple la posibilidad de asesinar a todos los Jaime Chincha, no es un delito, porque la fase interna no es punible”, afirmó el abogado de Pedro Castillo, quien perdió la paciencia ante las preguntas de su entrevistador.

Al ser interrumpido mientras explicaba su argumento penal, el abogado se enervó y le increpó a Jaime Chincha: “Déjeme completar. No me ha dejado terminar la frase de mi argumento. Si usted me va a interrumpir de nuevo yo de repente digo ‘Good bye’ y me retiro. Aquí me han invitado para yo contestar y no para que usted se pregunte y se conteste. No señor, no señor, espérese”.

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Jaime Chincha le dijo de manera sarcástica al letrado que su planteamiento era retrotraer todo el argumento hasta antes del 7 de diciembre de 2022, por lo que se necesitaría una ‘maquina del tiempo’, a lo que el abogado retrucó: “Solo necesitamos una demanda de amparo y que sea estimada por los jueces. No se borra todo lo actuado, solamente se le repone al presidente a su situación en que estuvo hasta el 7 de diciembre”.

El periodista le volvió a inquirir: “Pedro Castillo pisoteó la Constitución”. A lo que el abogado respondió: “Esa palabrita en el derecho penal no existe, porque las prisiones preventivas son por el derecho penal. Mire, no existe la palabra golpe de Estado para haberlo detenido policialmente, y haberle dictado detención judicial, para haberle dictado una prisión preventiva de 18 meses y una última de 36 meses. Para intervenir en el derecho penal tiene que haber un delito, en este caso se llama delito de rebelión. Pero el delito puede ser consumado, tentativa o puede ser imposible”.

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