Caso 'Cócteles': Poder Judicial del Perú ante los ojos del mundo
La próxima semana, el presidente de la Corte Suprema, Javier Arévalo Vela, oficiará de anfitrión de sus pares iberoamericanos. La cita busca fortalecer el sistema democrático, pero, como señala Arévalo, “en este país se está politizando la justicia”. El caso más claro es el encarpetamiento de las apelaciones en el caso Cócteles por un año, perjudicando a los procesados.
Poder Judicial del Perú ante los ojos del mundo.
Dentro de cinco días, el vocal supremo Javier Arévalo Vela, presidente del Poder Judicial (PJ) dará la bienvenida a sus colegas de la comunidad hispanófona, porque Lima se convertirá desde el miércoles 20 hasta el viernes 22, en sede de la XXI Cumbre Judicial Iberoamericana. Encuentro que es un foro de diálogo de carácter internacional que opera en el área iberoamericana, es decir, en los países europeos y latinoamericanos de habla española y portuguesa. El foro articula la cooperación entre los poderes judiciales de 23 países, reuniendo en su seno a los presidentes de las cortes y tribunales supremos de justicia de la judicatura iberoamericana. El principal objetivo de esta organización es la adopción de proyectos concertados desde la convicción de que el acervo cultural común constituye un instrumento privilegiado, sin menoscabo de las diferencias, que contribuye al fortalecimiento del Poder Judicial y del sistema democrático.
La judicialización de la política
Justamente por eso, son relevantes las expresiones del presidente del PJ, que en reciente entrevista en Expreso (14/8/23) señaló con claridad: “también necesitamos que los sectores que son usuarios no abusen del servicio judicial y voy a detenerme allí, un paréntesis, siempre he dicho, en este país se está politizando la justicia y se están judicializando la política. Hay temas que no deberían ser llevados al Poder Judicial, porque cuando esos temas llegan acá, tienen un resultado y ese resultado es publicitado de una manera negativa por quien perdió el caso, y eso influye en la agenda ciudadana”. La politización de la justicia es una de las plagas que viene recorriendo y desestabilizando los sistemas democráticos de América Latina.
El Poder Judicial peruano, como la justicia de otros países de la región, se puso a prueba en los últimos años con el caso Lava Jato, pero, el balance a la fecha puede resumirse con el añejo refrán: “mucho ruido y pocas nueces”. El caso que se inició en el Brasil en 2014, concluyó en sus tribunales en 2020 (en seis años), mientras que en el Perú, en los últimos siete años –se inició en 2016 y estamos a mediados de septiembre de 2023– apenas exhibe el inicio de tres juicios orales y ninguna condena. El “afamado” Equipo Especial llevó de las narices a los jueces, llenándose de palmas en el juicio mediático, pero, sin avanzar en el proceso real.
La balanza de la Corte Penal se inclina a favor del fiscal
Lo pernicioso del caso peruano es que antes de optar por privilegiar en estos casos de corrupción gubernamental por los delitos de cohecho, colusión, tráfico de influencias, peculado, etc., con la anuencia al 100% del vocal César Sahuanay, presidente encargado de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal (CSN), a cargo de los jueces penales, se abusó de la acusación por lavado de activos sin mostrar mayores pruebas –salvo las pruebas contaminadas que venían del Brasil, invalidadas por su Corte Suprema– para eximirse de señalar el delito fuente que requiere este tipo de delito, que combinado con la modificación de plazos, aprobada por el Gobierno de PPK, de la asociación ilícita para delinquir, los endilgaron a discreción para los llamados “no caviares”, a quienes tuvieron a los procesados en larguísimas investigaciones fiscales y etapas de control por más de siete años sin llegar a juicio oral. Un abuso, “politizando la justicia”, como menciona con valentía el presidente del PJ. También se abusó de las prisiones preliminares y preventivas, provocando el suicidio del expresidente Alan García por el delito de haber cobrado un honorario por una conferencia a una gremio empresarial en el Brasil, sino que además, la lideresa de la oposición, Keiko Fujimori, no solo sufrió una, sino tres prisiones aprobadas alegremente sin mayor miramiento, por los jueces de turno. Incluso, el juez Víctor Raúl Zúñiga Urday del caso Cócteles, se ha dado el lujo de tirar al tacho un habeas corpus a favor del empresario Ricardo Briceño emitido por una sala constitucional.
El caso Keiko Fujimori por aportes a la campaña electoral
Nació como jugando, por una denuncia del dirigente arequipeño (¿cómo no?) David Apaza de la Juventud del Partido Nacionalista (2015) que acusaba por aportes falsos a la campaña de 2011. Pero el bosque se incendió cuando el fiscal mistiano a cargo, José “El Jalado” Pérez (2017), no solo allanó el local del partido Fuerza Popular, sino que desató una enconada persecución a la candidata. Para rematar la opereta, presentó un “mamarracho” de acusación fiscal en plena segunda vuelta de la campaña electoral de 2021, favoreciendo a Pedro Castillo, que ganó con una diferencia de apenas 0.2%. Lo que provocó esta politizada investigación fiscal fue que el requerimiento acusatorio por el caso Cócteles (Keiko Fujimori y otros 48 procesados) tuviera que ser parchada continuamente con la complaciencia de su paisano, el juez Zúñiga, que tardó más de dos años en una etapa de control plagada de copy-paste. Registrando una verdadera marca olímpica de 16 subsanaciones irregulares y lo que es más grave, las 67 apelaciones presentadas fueron encarpetadas durante un año en las propias barbas del presidente de la CSN, su coterráneo, César Sahuanay. Como un juego de abalorios, los paisanos, los camaradas, los amigos y los compadres, se desplazan en un remolino sinfín, en torno al mágico Misti (“La Logia del Rocoto” Expreso 6/9/23).
Las actas y el debate fantasma
Pese a la promesa del juez Zúñiga, a cargo del caso Cócteles, de incluir en el acta, las incidencias del debate suscitado, cuando autorizó complacientemente que la Fiscalía subsane “oralmente” su acusación “Al Guerrazo” (Expreso 8/2/23) especificando que imputaciones de los cinco cargos penales y quienes de los 1063 testigos son relevantes para cada acusado, en las 50 actas aproximadamente, presentadas al juez Zúñiga por su nuevo equipo de asistentes judiciales, se constata que no contiene la transcripción de los términos de los debates ocurridos en las audiencias realizadas en los últimos dos años. Esto implica para cada abogado de la defensa, que no conocerá a ciencia cierta por qué serán juzgados sus defendidos, si por la primera acusación o por la acusación número 16, lo que se agrava porque se trata de dos campañas electorales. Además, cómo habrá quedado la reformulación de Zúñiga sobre las acusaciones endebles del fiscal Pérez que fueron rebatidas en las audiencias, más aun si se tiene en cuenta que la Fiscalía se allanó a todos los controles formales que realizó la defensa por ausencia de imputación concreta. Prueba de ello, es que el eventual auto de enjuiciamiento no contendrá cita alguna de la fecha y hora de la audiencia en que se debatió cada delito para cada acusado ni los términos de los debates. De esta forma, el juez Zúñiga sumará al legajo de contravenciones ya denunciadas, la violación del principio de legalidad. Según el artículo 120.2 del Código Procesal Penal, el acta debe señalar una relación sucinta o integral –según sea el caso– de los actos realizados. Sin embargo, los abogados advierten de la lectura de las actas, que existe un claro incumplimiento a esta exigencia, solo se ha transcrito las partes resolutivas sobre ciertas decisiones.
Por ejemplo, las actas del 6/3/23 al 3/4/23 contienen las subsanaciones orales de la Fiscalía a su propuesta probatoria: testigos y documentales sobre el delito de obstrucción a la justicia. La defensa señala que “no se ha transcrito la subsanación oral de la propuesta probatoria por parte de la Fiscalía, solo existe una brevísima referencia”. El acta 3/5/23 contiene el debate que se originó a raíz de la presentación de prueba extemporánea por parte de la Fiscalía y la oralización de los medios probatorios ofrecidos por la Procuraduría, pero “no se ha transcrito íntegramente el debate mencionado, en donde la defensa de Edward García se opone a la presentación de la prueba extemporánea y tampoco se ha transcrito íntegramente la oralización y oposición de la propuesta probatoria de la Procuraduría. Se impide verificar si las observaciones deducidas al ofrecimiento de prueba de la Procuraduría han sido o no consideradas motivadamente en el pronunciamiento judicial”.
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