Caso Cócteles: Víctor Zúñiga, juez de control de garantías, encarpeta apelaciones
La acusación del Caso Cócteles (Keiko Fujimori y 41 inculpados por aportes a las campañas 2011 y 2016) a cargo de José Domingo Pérez (‘El Fiscal de los 9 Rebotes’), viene transitando por recodos irregulares concedidos a diestra y siniestra a favor del Ministerio Público, por el juez de control de garantías Víctor Raúl Zúñiga, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, quien confiesa “no puedo ser exigente con ellos” (10/2/23).
Amarrando el macho
Una de las mayores anomalías que “viene pasando piola” en el proceso es que las 35 apelaciones presentadas por los abogados de la defensa, desde hace cinco meses -desde el 12/9/22 hasta el 26/10/22-, se encuentran prácticamente “embotelladas”, encarpetadas en el juzgado, sin que hayan sido elevadas a la Segunda Sala de Apelaciones Nacional que preside Iván Quispe Aucca e integran los vocales María Eugenia Guillén Ledesma y Édgar Medina Salas, porque no se viene respetando el plazo de 72 horas con el que cuenta el juez para emitir un proveído (resolución), antes de dar luz verde al trámite.
Estas apelaciones se han venido presentando inmediatamente después del rechazo casi automático del magistrado a cada una de las excepciones (improcedencia de acción), sin excepción valga la redundancia, presentadas por los abogados de los acusados por los delitos de: lavado de activos con la agravante de organización criminal (12/9/22), asociación ilícita para delinquir u organización criminal (6/10/22), obstrucción a la justicia (12/10/22) y falsa declaración en proceso administrativo y falsedad genérica (26/10/22). (Ver cuadro “Las 35 apelaciones embotelladas desde hace 5 meses”).
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Cada vez que el juez consulta sobre las apelaciones al especialista Luis Alberto Vera Terrones en las audiencias, casi siempre la respuesta es la misma: “que en algunas actas está pendiente la firma”, “falta la firma del juez”, etc. Sin embargo, en una de las últimas sesiones, el especialista Vera replicó con firmeza: “el juez tampoco ha proveído los escritos de fundamentación de las apelaciones interpuestas en audiencia”, aludiendo, con razón, que él no estaba facultado para calificarlas. Rebelión en la granja.
Este embotellamiento de apelaciones que el juez no tramita (no eleva a la Sala Superior), como recalcan los abogados en las audiencias públicas, es la evidencia de un procedimiento irregular y poco prolijo, que conllevaría a que el inicio del probable juicio oral se empantane y se regrese a una nueva etapa de control, como sucedió en el Caso Orellana, con algunos otros matices, donde el juez Zúñiga también fue protagonista del control de acusación.
El juez por la boca muere
En la sesión virtual del último viernes 10 de febrero, se produjo una confesión singular por parte del magistrado que pasó desapercibida, a manera de queja señaló: “…pero en este procedimiento lo observan absolutamente todo, todo, todo. Por un lado, interponen nulidades por un extremo y otros abogados por otras circunstancias. Este es el ejercicio al derecho de defensa que se está materializando de esta forma, pero mi actuación… habiendo transcurrido estas etapas… ahora se está dando cuenta del material probatorio… a preparar mejor el juicio. Que lo impedirían, ya estando en otra etapa procesal… “.
Como reza el refrán, “El pez por la boca muere”, porque al parecer para el juzgado las apelaciones deben ser resueltas recién en “otra etapa procesal”, el hipotético y futuro juicio oral, es decir, cuando acabe con la etapa intermedia de control de los medios probatorios. Como si el juez tuviera una bola mágica y pudiera descartar de plano que la Segunda Sala de Apelaciones Nacional pueda tomar en cuenta alguno de los fundamentos de las apelaciones presentadas.
Con la demora, lo que estaría logrando el magistrado es que las apelaciones sean resueltas cuando el proceso se encuentre en juicio oral. En ese momento, queda claro que sería mayor la presión pública para continuar con el juicio, presión que recaería sobre la Sala Superior, condicionando de alguna manera el pronunciamiento de esta. Sin querer queriendo, o queriendo, una demora aumenta la discreción del magistrado en detrimento de la sala, como comentan los abogados de las defensas, en particular, el doctor José Nolasco.
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Por otro lado, la Sala Penal Nacional, que preside César Sahuanay, y la Ocma (Oficina de Control de la Magistratura), que jefatura Augusto Zumaeta, hasta el momento vienen mirando de costado este embotellamiento de las apelaciones. Zúñiga, cual Pilatos, ha señalado a los abogados de las defensas que la responsabilidad recae en el especialista legal Vera Terrones; sin embargo, hasta un estudiante de derecho de los primeros años conoce que este procedimiento medular es de entera responsabilidad del juez, porque es el titular del despacho.
Finalmente y no por eso menos importante, el derecho de la apelación, según el letrado José Nolasco, está consagrado por la Constitución Política del Perú, que en el inciso 6 del artículo 139 señala “La pluridad de la instancia”.
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