¿Hay prisión efectiva para quienes quiten la vida a los animales domésticos? Poder Judicial responde
Tras el dictamen de la Ley de Bienestar y Protección Animal, los actos de crueldad contra animales domésticos son condenados hasta con tres años de prisión. Así lo recordó el titular del Juzgado de Investigación Preparatoria Supraprovincial de la Corte de Lima, el juez Walter Huayllani Choquepuma.
El letrado recordó que la pena puede agravarse hasta con cinco años de prisión efectiva si el hecho lleva a la muerte del animal.
Respecto a las dos modalidades de pena, explicó que el artículo 206 A contempla: “La básica sanciona con pena no mayor de tres años, en cambio la agravada es de tres a cinco años. La relevancia de esta modificación es que al ser una pena que supera los cinco años puede ser efectiva”.
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“Los animales domésticos gozan de una protección especial al formar parte del desarrollo de la sociedad y la ley penal así lo ha entendido”, aseguró tras afirmar que si a alguien no le gusta la presencia de perros o gatos no pueden darles veneno o lastimarlos de forma física.
Además, resaltó que existen políticas sanitarias como la esterilización, que evita la sobrepoblación de los cuadrúpedos.
Poder Judicial sobre actos de crueldad animal
El juez Walter Huayllani Choquepuma sostuvo que los actos de crueldad hacia los animales son: las lesiones, el envenenamiento o la discapacidad de animales, a causa del maltrato del que fue víctima.
🔴🔵 Con la Ley Nº 30407 – Ley de Protección y Bienestar Animal en el #Perú, el #Maltratador puede recibir hasta tres años de #Prisión. Y si el animal muere, la pena puede llegar a cinco años y 360 días multa.
📌 Para saber más entra aquí: https://t.co/7iOORHVMbb#Pichanaki #Lima pic.twitter.com/SXFE9xWN5q— EDUARDO AUCCALLA MUJE (@EDUARDOAUCCALLA) May 28, 2023
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