JNJ continúa sosteniendo que no hubo proceso exprés contra Patricia Benavides

Explican cómo son sus procedimientos disciplinarios.


La Junta Nacional de Justicia (JNJ) presentó un documento explicando cómo se desarrollan sus procedimientos disciplinarios para insistir en que se rigen bajo la ley. 

Publicación fue en el marco de la suspensión por 6 meses contra la entonces fiscal de la Nación, Patricia Benavides. En consecuencia, argumentaron que no realizaron un “proceso express”.

“Todos los procedimientos disciplinarios que realiza la JNJ son predictibles, se rigen por la Ley Orgánica y el Reglamento de Procedimientos Disciplinarios que son de conocimiento público, especialmente por quienes desempeñan las carreras fiscal y judicial. No hay procesos express”, se leyó en su red social ‘X’, antes Twitter.

Junto al post adjuntaron dos documentos. La primera fue sobre el reglamento de procedimientos disciplinarios de la Junta Nacional de Justicia en la que mencionaron sus funciones y las razones por las cuáles, bajo una investigación, imponen sanciones.

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El otro fue respecto a la clasificación de procedimientos disciplinarios, el cual se divide en tres categorías: ordinario, inmediato y abreviado, respectivamente. Los dos primeros fijan demandas al voto de la JNJ. El último señala un mérito a la solicitud de destitución remitida por la autoridad que corresponda.

Congreso enfrentará a la JNJ

Pese a las explicaciones de la JNJ, para los congresistas la suspensión de la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, fue considera como una vulneración a la ley, y mientras la Comisión de Justicia investiga a la Junta Nacional de Justicia (JNJ), se presentó una moción para remover a sus integrantes.

En el documento presentado por los parlamentarios Alejandro Muñante y Jorge Montoya, se indicó que, según el artículo 15 de la ley orgánica, la JNJ incurrió en un supuesto de destitución de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la misma.

“Ante esta evidente y sistemática vulneración de lo dispuesto por su propia ley orgánica y de principios y garantías que orienten el debido proceso, nos impone el deber de hacer uso de la facultad que nos otorga el artículo 157 de la Constitución, a fin de acordar la remoción inmediata de los miembros de la Junta Nacional de Justicia por causa grave”, se leyó en el oficio.

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