Ministerio Público: Junta de Fiscales Supremos rechaza proyecto de ley que prescribe delitos de lesa humanidad
Luego de considerar que es inviable jurídicamente e inconstitucional.
Fiscalía considera insuficiente el presupuesto 2025 propuesto por el Ejecutivo: “Pone en riesgo el desarrollo de las investigaciones”.
La Junta de Fiscales Supremos del Ministerio Público (MP) se pronunció con respecto al Proyecto de Ley N° 6951/2023- CR, el cual "precisa la aplicación y alcances del delito de lesa humanidad y crímenes de guerra en la legislación peruana".
De acuerdo a la postura institucional adoptada, mediante un comunicado, el órgano de gobierno de mayor jerarquía del MP, mostró su rechazo debido a las “implicancias negativas” que genera la propuesta legislativa.
“El referido proyecto de ley resulta inviable jurídicamente, toda vez que la acción penal y sanción por los delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra son imprescriptibles, con lo cual se generaría impunidad y vulneración al derecho a la verdad de los agraviados y sus familiares”, indicó.
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Asimismo, consideraron que la mencionada normativa resulta “inconstitucional”, al ser incompatible con la jurisprudencia supranacional en materia de derechos humanos y los estándares del derecho internacional.
“Los cuales preceptúan que los estados no pueden emitir disposiciones de amnistía, prescripción o excluyentes de responsabilidad penal, puesto que tienen la obligación de investigar las graves violaciones a los derechos humanos, como las investigaciones y procesos judiciales que se encuentran a cargo de las fiscalías del Subsistema Especializado en Derechos Humanos e Interculturalidad”, acotó.
El documento agrega que, al aplicarse este PL, una de las consecuencias jurídicas sería que gran número de investigaciones y procesos judiciales, tendrían que ser archivados o concluidos, declarándose la prescripción de la acción penal en aproximadamente 600 casos, los cuales en su mayoría se encuentran en supervisión de la Comisión y Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
Entre ellos, los casos como ‘Chuschi’, ‘El Frontón’, ‘Huanta 84’, ‘Barrios Altos y el Santa-Aldo Velásquez’, ‘Huancapi’, ‘Cantuta-Pativilca’, ‘Cedruyo’, ‘Cantuta-Aldo Vásquez’, ‘Madre Mía’, ‘Humaya Chambara’, ‘Universidad del Centro’, ‘Paccha’, ‘Putis’, ‘Hilario Trucios’, ‘Casos del Comunicado de Prensa Conjunto’, ‘El Frontón’, ‘Mamérita Mestanza’, ‘Sobres Bomba’, ‘Castro Castro’, ‘Accomarca’ y ‘Galván Borja’.
Otras de las consecuencias en mención sería la afectación a más de 550 víctimas, y a los familiares de estas, quienes, según la Junta del Ministerio Público, “tienen el derecho a conocer la verdad”.
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