Poder Judicial demora juicio laboral 23 años: juez observó 22 resoluciones previas

Abogado Javier Ríos demandó en el 2001 a Universidad Ricardo Palma. Tribunal Constitucional le dio la razón en el 2009, pero no se ejecuta sentencia.

Diario expreso - Poder Judicial demora juicio laboral 23 años: juez observó 22 resoluciones previas

Aunque usted no lo crea, público culto y sensible, el Poder Judicial del Perú lleva 23 años sin resolver en instancia final la demanda laboral del abogado Javier Ríos Castillo contra la Universidad Ricardo Palma (URP).

Esto sucede, a pesar de que, en el 2009, el Tribunal Constitucional le dio la razón al demandante. Es decir, han pasado 15 años desde que se ordenó pagarle todo lo adeudado.

Ante esta negligencia institucional, la Segunda Sala Civil ha tenido que anular una resolución donde un juez aceptaba oposiciones de la Universidad Ricardo Palma, a nada más y nada menos que a 22 resoluciones anteriores dentro del proceso.

En el 2001, Javier Ríos Castillo había reclamado ante del Poder Judicial la falta de pagos de asesorías a la casa de estudios, entre 1996 y 2001.

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Solo tomando en cuenta un periodo, son alrededor de 354 mil dólares de deuda. Pero luego de la demanda, la universidad se niega a pagar lo correspondiente al tiempo posterior en que regía su contrato.

Es por ello que la sala presidida por Sara Echevarría Gaviria (cuyos demás miembros son Ángel Martín Zea Villar y  Germán Aguirre Salinas) tuvo que declara nula la Resolución 471, del 12 de junio de 2023, la cual no solo declaraba fundadas las oposiciones a 22 decisiones previas, sino obligaba a demorar todo el proceso.

De esta manera, un peruano que lleva 21 años exigiendo justicia, espera que el Poder Judicial, presidido por un laboralista, termine de una vez con este camino eterno.

Espera eterna

“Declarar fundada la demanda de amparo interpuesta por don Javier Jesús Ríos Castillo; en consecuencia, sin efecto la resolución emitida por la Segunda Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, de fecha 13 de junio de 2006”, señalaba el Tribunal Constitucional el 8 de junio del 2009.

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