Presidente de Corte Superior Nacional de Justicia Penal: «Negar pluralidad de instancias es contrario al Estado de Derecho»

Octavio César Sahuanay se coloca de perfil frente a los acuerdos del “Pleno de Manuel Cuadros” donde destaca la intención de derogar las apelaciones en la etapa de control.

Diario expreso - Presidente de Corte Superior Nacional de Justicia Penal: «Negar pluralidad de instancias es contrario al Estado de Derecho»

El presidente provisional de la Corte Superior Nacional de Justicia Penal (CSN), don Octavio César Sahuanay Calsín aclara en una nota sobre el informe: “Vocal Sahuanay deroga arbitrariamente apelaciones” (Expreso 6/10/23) que informó que el III Pleno Jurisdiccional Distrital aprobó “que no procede el recurso de apelación contra resoluciones desestimatorias de excepciones de improcedencia de acción – EIA (apelaciones del procesado porque al considerar arbitrario el delito que se le imputa), tramitados y resueltos en etapa intermedia”,  y otros dos acuerdos para uniformizar criterios, que en la práctica, restringen la defensa de los acusados (El Peruano 25/9/23).

Agrega el vocal Sahuanay, que no participó ni en el debate, ni en la votación, de los controvertidos acuerdos, añadiendo que participaron todos los jueces de la CSN, en cumplimiento de la “Guía Metodológica de Plenos Jurisdiccionales”. No obstante, reconoce que el magistrado Celis Mendoza, una autoridad en el tema de las apelaciones, no asistió al debate y finalmente aporta un dato sumamente significativo: que participó el vocal César San Martín, presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema especificando “que defendió una tesis inédita”

Guía establece que acuerdos no pueden desconocer a Corte Suprema

Veamos:  el III Pleno de la CSN realizado en Lima el 22 y 23 de septiembre viola la Guía Metodológica de Plenos Jurisdiccionales -aprobada por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (2020)- que señala que los acuerdos son distritales – y no de competencia nacional -, sobre temas menores que no han sido abordados por la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema. Empero, dicha sala que preside César San Martín, señala no se puede impedir la pluralidad de instancias, porque es contrario al Estado de Derecho, como se reitera en el Recurso de Casación 652-2019 Tacna del 3/2/22 (a favor del gerente general de Southern Peru Copper Corporation, Oscar González Rocha). La Guía Metodológica es bastante clara: “Se trata de encuentros académicos de tipo jurisdiccional, que tiene por finalidad coadyuvar a la uniformización de criterios jurisprudenciales y su riqueza – en el debate – obedece a la variedad de casos que se ventilan en las instancias de mérito, cuyas aristas muchas veces no se llegan a conocerse en las Salas de la Corte Suprema de Justicia”, que no es el caso que nos ocupa.

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El vocal Octavio César Sahuanay consigna en su nota de prensa, erradamente, que el vocal supremo San Martín en el pleno de Manuel Cuadros “defendió una tesis inédita”, afirmación que no se condice con las diversas sentencias emitidas por la Corte Suprema en la que el vocal supremo ha estipulado su posición por escrito sobre la pluralidad de instancias a lo largo de su dilatada trayectoria. Según la Real Academia de la Lengua, inédito “escrito u obra que no ha sido publicado o dado a conocer al público”.

Solo reinan, pero no gobiernan reyes en monarquías parlamentarias

Curiosamente, el presidente interino de la CSN nos aclara: que no votó, pero que sí convocó al pleno de marras, no solo eso, también fijó el cronograma y por si fuera poco, designó a las comisiones. Como prueba palpable de comulgar con estas determinaciones, las difundió con entusiasmo y diligencia en los medios de prensa en tiempo récord. Realzando que se deroga la pluralidad de instancias en la etapa de control; justo en el momento que le corresponde a la Corte Superior conocer las 67 apelaciones encarpetadas desde hace más de un año (sep-22) del Caso Cócteles.

Resulta complejo interpretar su toma de distancia. Es como si el presidente de algún otro organismo colegiado (Congreso, Corte Suprema, partido político, organismos internacionales) quisiera poner distancia de los acuerdos de sus integrantes, poniéndose de perfil, argumentando que no votó.

Llama además la atención que no haya participado presencialmente el reconocido juez penal Celis Mendoza Ayma, autor de varios libros sobre la etapa intermedia (etapa de control), que viene siendo sumamente crítico por la forma en que llevan los jueces de control la etapa intermedia. Hubiera sido muy importante contar con su aporte, así como del ponente César San Martín, quien en su sentencia casatoria, concluyó que negar la pluralidad de instancias es un razonamiento errado y contrario al Estado de Derecho.

JUECES
Por otro lado, la imagen de la Corte Penal Nacional, pone en el tapete la necesidad de la revisión del intento de crear una supuesta justicia nacional a partir de acuerdos distritales y que se generalice la designación de jueces y la procedencia de los mismos que inicialmente fue fundada para casos de narcotráfico y de criminalidad organizada violenta y que ahora, vía acuerdos ad hoc, se viene utilizando con el propósito de politizar la justicia penal contra los partidos políticos, concretamente en el caso de los aportes de campaña.

Al cierre de la edición se conoció que los abogados de la defensa del Caso Cócteles pedirán los audios y videos de los debates, las ponencias y las sesiones de este acuerdo ad hoc que politiza la justicia, así como su origen y conocer quienes han sido los principales protagonistas de este desaguizado.

Juez y aparte

Una de las exigencias que todo magistrado debe exhibir es la prudencia y el decoro. Sobre todo porque su imparcialidad está a la vista de la ciudadanía, sin embargo, en los dos días del III Pleno en que se habrían arribado a estos acuerdos distritales, paradójicamente para aplicarse en casos de competencia nacional, votó y estuvo presente, desde la retaguardia, a favor de cercenar la pluralidad de instancias, el juez mistiano Víctor Raúl Zúñiga Urday del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, ahijado del presidente interino Sahuanay, quien muestra una sonrisa de oreja a oreja en el retrato institucional, dado que con este controvertido acuerdo sus resoluciones en el Caso Cócteles se convierten en dogma y sagrado. Este voto de Zúñiga es un voto sin decoro y revela las maromas que se tienen que idear para tratar de llegar a un auto de enjuiciamiento en base al mamarracho de requerimiento acusatorio que presentó el fiscal “jalado” José Domingo Pérez en el Caso Cócteles al que Zúñiga concedió 16 subsanaciones irregualres que han convertido el expediente en un trabalenguas sin fin.

Como se sabe, la etapa de control de acusación del Casos Cócteles culminó el 31 de mayo y a la fecha, llevan transcurridos más de 120 días sin que el magistrado characato pueda armar un auto de enjuiciamiento sobre todo porque las apelaciones mantienen en vilo su conducta en la etapa de control.

En un primer momento, dicho juez trató de agrupar varias apelaciones, con el fin de hacer consolidados, los famosos “cuadernones”, que rechazó de plano la Segunda Sala de Apelaciones Nacional, que preside el doctor Iván Quispe Aucca, que ordenó a Zúñiga a ceñirse al debido proceso, es decir, un cuaderno para cada apelación, que recién han subido, al parecer, debidamente presentados el 21 de septiembre, hace dos semanas.

La alegría del rostro del juez Zúñiga parece reflejar el alivio de saber que las 67 apelaciones que congeló por 12 meses puedan desaparecer de sus sueños ¿será posible tal milagro?

JUECES

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