Se viene un terremoto en caso Cócteles | Informe especial
El próximo lunes 6 de enero, el colegiado que preside la jueza Juana Caballero enfrenta una cita clave.

Se viene un terremoto en caso Cócteles | Informe especial.
Lo que mal empieza, mal acaba, es un refrán que retrata las catastróficas consecuencias que ha ocasionado en el juicio Cócteles la reciente sentencia del Tribunal Constitucional (TC) (327-24), que, al anular la acusación fiscal contra el empresario José Chlimper –por agregar hechos que no se investigaron– en los delitos de organización criminal, lavado de activos y otros, contagiará sus efectos a Keiko Fujimori y otros procesados en los que la Fiscalía haya incurrido en el mismo abuso.
Se viene un verdadero terremoto en el proceso que desarrolla el Tercer Juzgado Penal Colegiado, presidido por la jueza Mercedes Caballero e integrado por los jueces Nayko Coronado y Max Vengoa.
Una anterior sentencia del TC en el caso Arsenio Oré (el fiscal afectado por obstrucción no puede investigar ni acusar; la investigación debe llevarla otra fiscalía) provocó un temblor de grado VI en la Escala Mercalli, mientras que ahora, además, debe aplicarse la ley de prescripción en los delitos de falsa declaración en proceso administrativo y falsedad genérica, como ha sentenciado el TC en el caso Cerrón, y la Ley de Organización Criminal, de acuerdo con el reciente fallo de la Corte Suprema. Esto configura un sismo de grado IX para el mamotreto que presentó el fiscal José Domingo Pérez.
Se advirtió... pero el juicio se inició contra viento y marea
Un año antes, un informe del profesor Arsenio Oré, titulado Escrito de inviabilidad del juicio oral (Exp. 299-17), previó lo que se venía: la ilegal emisión del auto de enjuiciamiento que no cumple con “los presupuestos mínimos establecidos en el Código Procesal Penal de 2004”. Recomendaba que se declare la inviabilidad del juicio oral, al carecer la acusación fiscal de toda descripción respecto de su pertinencia, conducencia y utilidad. Incluso, con la anuencia del juez de garantías (Víctor Raúl Zúñiga), durante la fase del control se habrían incluido hechos nuevos y medios probatorios extemporáneos (22/1/24).
Ahora solo queda recoger los escombros, como confirma el reputado abogado penalista Dino Carlos Caro: “El TC anula la acusación fiscal contra José Chlimper porque incluye hechos que van más allá de los imputados en la disposición de formalización de investigación preparatoria. Se trata de una acusación sorpresiva… viola el debido proceso, el derecho de defensa. Como en la sentencia del TC en el caso Oré, los otros acusados pedirán que también se les aplique esta sentencia, pero para todos los delitos.
Esto podría conllevar a que el juicio oral se quiebre y todo el proceso retorne a la etapa intermedia… porque luce cada vez más débil… y por la ausencia de un juez de garantías que controlase en su momento” (X 20/12/24).
En otro lado del foro, otro reconocido abogado, César Nakazaki, observa: “El caso de Fuerza Popular es único en la historia judicial del Perú: ha hecho necesaria la intervención del TC en cuatro oportunidades: prisiones preventivas de Keiko y Jaime Yoshiyama; obstrucción a la justicia a Arsenio Oré; e indebida acusación contra José Chlimper. Esta sentencia del TC, caso Chlimper, alcanzará a todos los afectados” (Expreso 24/12/24).
La opereta del Ministerio Público
¿Cuántas sentencias del TC deben producirse para comprobar la inconstitucionalidad de un juicio oral? La respuesta la tiene el Poder Judicial (PJ).
Al cierre de esta edición, se filtró que la estrategia del “moribundo” fiscal Pérez es hacer desfilar como testigos a Hugo Delgado Nachtigall, de RPP, y al empresario radial Branny Zavala, para que impliquen de alguna manera a Chlimper. Es decir, se seguiría juzgando a una persona con una acusación declarada nula por el TC, que, al parecer, contaría con la complacencia de la jueza Nayko Coronado.
Este contrasentido viene sucediendo en las últimas audiencias contra Arsenio Oré en el interrogatorio fiscal. No lo logran olvidar. Al haber sido eximido, no cuenta con abogado que lo defienda.
Dura Lex, Sed Lex
Ante la “rebelión en la granja”, basada en un discutible “activismo jurídico” que ha venido liderando el juez superior Oswaldo Ordóñez, inaplicando las leyes de reciente promulgación (organización criminal, prescripción, colaboración eficaz, etc.), la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema del PJ, en reciente sentencia, cuyo ponente es el juez supremo Manuel Luján, suscrita por los magistrados César San Martín, Iván Sequeiros, Norma Carbajal y Saúl Peña en el caso de Ludith Orellana y otros, ha dictaminado: “Las leyes recién aprobadas y cuestionadas por algunos jueces deben aplicarse en los procesos penales en curso, porque fueron promulgadas dentro de las facultades constitucionales del Congreso”. En otras palabras, la ley puede ser dura, pero es la ley… y si no te gusta, te vas a tu casa.
Dicho de otra manera, el Colegiado tiene la obligación de adecuar el juicio Cócteles a la nueva ley que exige, como delito conexo, que tenga una pena mínima mayor a cinco años, y declarar: “La atipicidad de organización criminal”, como señala la Sala Suprema. En consecuencia, el caso Cócteles “para copar el poder” es atípico, y debe cortar de plano con la moda impuesta por los fiscales del caso Lava Jato de endilgar a tutti quanti el delito de organización criminal (menos a su engreída, la exalcaldesa Susana Villarán), con el fin de conseguir una larguísima investigación fiscal. Como dicen los jóvenes, el mamarracho de 20 tomos del fiscal Pérez “se multiplicará por 0”.
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Por otro lado, la sentencia del TC 177/24 sobre la Ley 32104, que modifica la suspensión del plazo de prescripción señalando el límite máximo de un año, explica: “Los plazos de prescripción, en algunos casos, vulneran el derecho al plazo razonable”, agregando el vocal Gustavo Gutiérrez: “Esta situación de inseguridad jurídica se regía por acuerdos plenarios y un desarrollo jurisprudencial disperso”.
En este punto, anteriormente, el Colegiado, inoculado por el “activismo jurídico” que reinaba en aquellos días, se negó a prescribir al abogado Vicente Silva Checa los delitos de falsa declaración en proceso administrativo y falsedad genérica, atándolos a una supuesta organización criminal para duplicar los plazos de prescripción criminal. Ahora es evidente que, con el remezón en curso, esta endeble arquitectura se caerá a pedazos.
Y como una réplica del sismo, que nunca suele faltar, Lima se alborotó con la denuncia por encubrimiento y prevaricato presentada por los abogados José Luis Francia y Luis Alberto Pacheco contra la fiscal suprema Zoraida Ávalos, los fiscales del caso Lava Jato Rafael Vela y José Domingo Pérez, y la procuradora Silvana Carrión. Francia añadió en una entrevista: “Algunos de ellos han suscrito actas de cooperación judicial internacional, que para nosotros es un mecanismo de impunidad indirecta, desarrollado actos de encubrimiento… al haber archivado una decena de casos, es decir, no han ejercido la acción penal, a pesar de que están obligados. Ya se conoce que Barata y compañía solamente admitieron cuatro casos; hay más de una veintena de casos en que ellos sencillamente no han ejercido la acción penal” (RPP 26/12/24).
La sentencia del derrumbe
El pleno del TC (por seis votos a uno), una goleada, ha precisado que, en el requerimiento acusatorio (la acusación para ir al juicio oral), el Ministerio Público añadió nuevas materias que no formaban parte de los hechos investigados, violando flagrantemente el principio de congruencia (artículo 349, inciso 2, del Código Procesal Penal).
Lo más grave es que esta irregularidad contó con la complacencia, con visos de complicidad, del juez de control Víctor Raúl Zúñiga Urday, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, autoproclamado como “el favorito” del “César” Octavio Sahuanay, todopoderoso presidente durante cuatro años de la Sala Penal Nacional: “Me ha hecho un reconocimiento” (audiencia 10/2/23).
Recientemente, ha sido reemplazado por el juez superior Hans Contreras. Sin embargo, el imperio del “César” Octavio Sahuanay se resiste a caer. Ha logrado que el Consejo Ejecutivo del PJ lo nombre presidente de la Segunda Sala Penal, que tiene a cargo los casos emblemáticos, manteniendo en los demás puestos a su gente de confianza. Al parecer, el juez superior Contreras sería el poder formal, mientras que el “César” Octavio sería el poder real; ergo, un emperador vitalicio.
En la formalización de la investigación preparatoria, a José Chlimper le atribuyen haber integrado una organización criminal y captado activos ilícitos. Sin embargo, en el requerimiento acusatorio, le suman alegremente hechos no investigados: haber constituido, organizado, integrado, pertenecido, jefaturado una estructura criminal, y haber realizado actos de colocación, intercalación e integración de los activos ilícitos.
En una reciente entrevista, el empresario señaló: “Hay un juez de garantías, Víctor Raúl Zúñiga, que no hizo ningún control; se pasó al lado de la Fiscalía durante los dos años que duró la etapa preparatoria. Si éramos 40 acusados, debemos haber presentado unas 300 observaciones; no nos dio ninguna, cero, es decir, no hizo ningún control.
Cuando la Fiscalía no podía terminar su acusación, le otorgaba plazos adicionales: le devolvió 19 veces el expediente para que lo corrija. Frente a eso, nosotros apelamos. El paisano arequipeño del doctor Zúñiga, el doctor Sahuanay, presidente de la Sala Nacional (paisano del sachamistiano Pérez), convocó un plenario distrital y resolvió: ‘No hay apelaciones en la etapa intermedia’. Ningún código, ninguna doctrina en el mundo dice que no hay apelaciones, y esto acaba de ser corregido por la Sala Penal Nacional del doctor San Martín, sentenciando que sí hay apelaciones, el 20 de diciembre de 2024”. (Canal N, 23/12/24).
Para el constitucionalista Domingo García Belaúnde: “Lo que está pasando… a nivel de estos juicios emblemáticos, es terrible porque caen en errores permanentes. Hace unas semanas sucedió lo mismo con el abogado Arsenio Oré… Pero, a esta gente (fiscales y jueces) no le pasa nada y siguen cometiendo barbaridades… no estudian ni analizan sus casos… En una tarea tan delicada como lo es una acusación, imputan cosas que no corresponden… Hay mucho figuretismo y un afán de meter a todo el mundo en la colada…
El problema es que nadie dice nada… El caso más patético es el de Keiko Fujimori, donde no hay absolutamente nada, porque, como dicen los expertos, los donativos irregulares de campaña no eran delito hasta el año 2019, sino una falta administrativa. Es decir, están aplicando un delito retroactivamente, lo cual es una barbaridad…” (Expreso, 25/12/24).
La exprocuradora Delia Muñoz comentó sobre la sentencia del TC: “…El juez de control no aceptó analizar los alegatos de las partes; los desestimó, y, en consecuencia, está afrontando un juzgamiento donde ya no puede discutir esta cuestión previa, y es por eso que consideran procedente el habeas corpus… Los jueces y los fiscales, en algunos casos, están actuando… por la presión política… por otro tipo de factores… No se toman el tiempo para revisar… y hacer un procedimiento que resulte prolijo y aguante un control del tipo constitucional” (Exitosa, 19/12/24).
Tres cosas malas en la vida
Tres factores confluyeron para germinar esta arbitrariedad. Primero, la politización; segundo, la mediocridad; y tercero, el apañamiento de los jueces de control de la Era Sahuanay al “Equipo de Fiscales Lava Jato”.
La politización fue puesta en la mesa por el filósofo Jaime Villanueva, asesor principal del Fiscal de la Nación, Pablo Sánchez, en 2015, quien reveló: “Se buscó un fiscal lo suficientemente loco” –refiriéndose a Pérez–, “además que era digitado por Gustavo Gorriti de IDL-Reporteros” (Expreso, “El Gran Titiritero”, 14/2/24). Esto se demuestra con la acelerada acusación fiscal del 11/3/21, que coincidió con las elecciones de 2021, con el fin de perjudicar la candidatura presidencial de Keiko Fujimori. Como se recuerda, Gorriti y Rosa María Palacios fueron asesores de campaña de Pedro Pablo Kuczynski (PPK) y se mortificaban por la oposición parlamentaria del fujimorismo.
La falta de solvencia profesional es evidente. Basta con observar las declaraciones de la propia presidenta del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco:
“¿Qué era lo que se veía? Que había un fiscal (Pérez) que había rectificado su acusación más de 19 veces…” (El Comercio, 29/12/24). Además, el susodicho no alcanzó ni siquiera la nota mínima para continuar con el proceso de nombramiento para juez superior (4/6/23). Por si fuera poco, logró capear una denuncia fiscal de plagio en su tesis de maestría en Derecho Constitucional de la Universidad Católica de Arequipa (el colmo: copiando a su entonces investigado Arsenio Oré), gracias a que la misma universidad le otorgó una Constancia de Originalidad (13/1/19). Curiosamente, su hermana, Ayme Pérez Gómez, ostenta el cargo de directora de la biblioteca de esta universidad (Expreso, 25/3/24).
El contubernio del juez de control Víctor Raúl Zúñiga con los atropellos de la Fiscalía, según la presidenta del TC: “…El juez que ha aceptado tantas rectificaciones (19) pone en duda su imparcialidad, porque ya parece un acusador. Parece que dijera: ‘Arregla hasta que puedas acusar’. Eso es vulneración de derechos. No puede ser que un juez esté trabajando en pared con el fiscal para conseguir una acusación que a los dos les satisfaga. Eso es un abuso porque es buscar como sea la culpabilidad” (El Comercio, 29/12/24).
Según la presidenta del TC, Luz Pacheco, el juez Víctor Zúñiga ha puesto en duda su imparcialidad al aceptar 19 rectificaciones de la acusación fiscal, como si dijera: “Arregla hasta que puedas acusar”.
José Chlimper: Debemos haber presentado unas 300 observaciones al juez Zúñiga, no nos dio ninguna. Incluso se prohibió las apelaciones en etapa intermedia, abuso que la Sala Suprema acaba de corregir.
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