Apliquemos la pena de muerte en el Perú

Apliquemos la pena de muerte en el Perú

La peligrosa realidad de los peruanos exige aplicar, sin contemplaciones, la pena de muerte. Aplaudo que el ministro de Justicia, Eduardo Arana, haya dicho que debería revisarse, a la luz del pedido formulado por el congresista Jorge Montoya. En efecto, la referida realidad sigue imponiéndose al derecho que debe adecuarse a las nuevas circunstancias, que, en nuestro país, son muy graves y penosas. Para hacerlo, debemos salir del Pacto de San José de Costa Rica sobre Derechos Humanos, que la prohíbe. Ello significa, que la decisión, deberá hacerse en democracia, y con estricto apego al derecho internacional. Por tanto, cualquier decisión en contrario, nos pondría en acto marginal a la juridicidad interamericana, y constituiría, eso sí, una flagrante violación de derechos humanos. ¿Qué significa lo que acabo de decir?, pues, que, si este gobierno o el que venga decide la referida denuncia de la Convención Americana de Derechos Humanos, entonces, debemos cumplir rigurosamente el procedimiento para dejar la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Así, tomada la decisión de Estado y comunicada a la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos – OEA, surtirá efecto para el Perú la referida denuncia, únicamente desde el día siguiente al final del plazo establecido con rigor para dejar el instrumento, que es un año, conforme el artículo 78° del referido Pacto de San José y nunca antes. Por tanto, aplicar la pena de muerte retroactivamente, es decir, para imputaciones anteriores a la aprobación de la pena muerte y al plazo que nos liberará del Pacto, será un acto antijurídico, nulo, ilegítimo y arbitrario, configurando técnicamente violación de derechos humanos. Conviene recordar que la pena de muerte ya está contemplada en la Constitución de 1993 y está vigente para el caso del delito de traición a la patria durante una guerra externa, y se aplicará, ipso iure, para el caso de terrorismo pues, como el delito de traición a la patria, está previsto en el artículo 140° de nuestra Carta Magna. Mi propuesta se circunscribe a la aplicación de la pena de muerte a los violadores sexuales de menores de edad que fallecen como consecuencia del ultraje, a la luz del espantoso aumento de delitos sexuales o concomitantes, como el salvaje asesinato de una joven por su pareja que terminó descuartizándola. Para los depravados la pena de cadena perpetua es un premio y no debemos permitirlo. La criminalística ha demostrado que carecen del sentimiento de arrepentimiento y de la actitud de resocialización porque están dominados por el animus de la reincidencia sin límites. Más adelante deberá extenderse a otros delincuentes como a los corruptos, que pocos o nadie menciona. Den el paso con la Constitución y el Código Penal en la mano, de lo contrario, vamos a colapsar dominados por la barbarie. Mirando el infierno en que vivimos, el candidato que diga sin demagogias que lo hará, y que la gente le crea, será el próximo presidente del Perú.

(*) Excanciller del Perú e Internacionalista

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