El indulto a Fujimori y la Corte IDH de la vergüenza

El indulto a Fujimori y la Corte IDH de la vergüenza

Todo un circo el que se ha montado en los últimos días por el caso del expresidente Fujimori que, aunque quebró la moral nacional, por sus grandes aciertos, no debería morir en la cárcel como pasó a Leguía. Opinaré –lo dije en mi amicus curiae que presenté ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos en su momento– de frente, en un país que se deja dominar por la mezquindad de unos cuantos que hasta siguen haciendo creer a la gente que el delito imputado a Fujimori fue lesa humanidad, que no existe en el Código Penal del Perú.

No existe ningún antecedente o hallazgo en las cortes supranacionales del planeta una sentencia sobre la institución jurídica del indulto. ¿Por qué? Pues porque el INDULTO es una institución exclusiva y excluyente del derecho interno de un Estado.

Toda la leguleyada en el marco de la Corte IDH es un completo forzamiento de sus magistrados que no me cansaré de imputar de enorme sesgo pues no les importa la soberanía del Estado. La primera vez que la Corte metió sus narices en el caso del indulto concedido a Fujimori, un derecho de gracia que constituye una exclusiva prerrogativa constitucional del presidente de la República y que es INOPONIBLE, pues tiró al tacho el respeto de las reglas básicas del derecho supranacional que le impide pronunciarse sea por un fallo o por cualquier otro medio –por ejemplo la supervisión de cumplimiento de una sentencia que por si acaso NO ES UNA SENTENCIA–, sobre una decisión totalmente de derecho nacional como es el caso del INDULTO.

Pero fuimos pusilánimes cuando en su momento vimos cómo el fallo de la Corte IDH fue dictado ofendiendo gravemente a la administración de justicia en el Perú al decidir una sentencia contraria a la emitida por el Tribunal Constitucional peruano que ordenó en tono de corrección la libertad ipso iure de Fujimori, que fuera condenado a pena privativa de la libertad de 25 años al hallarlo culpable de los asesinatos en el caso de Barrios Altos y La Cantuta.

La Corte en esa ocasión no se había confundido pues sabía, como ahora, y muy bien, que el indulto –repito– es DISTINTO del caso por el cual el expresidente fue encarcelado. Dejamos, entonces, que el tribunal interamericano, decidiera calificar el indulto a Fujimori, que NO ES UN CASO de la Corte.

Por la intromisión insoportable –como la de ahora– que en la historia de los derechos humanos en el planeta puso en sorprendente e inédita evidencia cómo un tribunal supranacional ingresaba en el derecho interno de un Estado y terminaba constituyéndose en la última palabra respecto de la voluntad de un jefe de Estado.

Quisiera volver a decir que nunca una Corte supranacional había cambiado la voluntad de un mandatario –Pedro Pablo Kuczynski– y luego la de un tribunal del derecho interno que corrigió una aberración jurídica que devolvió a Fujimori a la cárcel en 2018. Pero aun veo que falta carácter para actuar con el derecho en la mano. La reciente decisión del Tribunal Constitucional basta y sobra para que Fujimori sea excarcelado.

Han llevado el indulto al suelo –la idea del indulto humanitario es un invento reciente– que puede ser concedido hasta al demonio, por eso es DERECHO DE GRACIA, llevando también al suelo a la COSA JUZGADA, una garantía constitucional que impide adoptar cualquier medida sustantiva o procesal que vaya a cambiar la voluntad de un jefe de Estado.

Abandonen el circo montado sabe Dios con qué propósitos. Finalmente, falta conocer el parecer político del canciller, ministro de Justicia y representante permanente del Perú ante la OEA.

(*) Excanciller del Perú e Internacionalista

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