La responsabilidad penal compartida de los poderes del Estado

La responsabilidad penal compartida de los poderes del Estado

Es un Principio de Derecho: “La ignorancia no exime de culpa”,“ignorantia juris non excusat”, así se desconozca que se está cometiendo un delito, se asume responsabilidad penal.

Esto se agrava cuando vemos que en los Poderes del Estado, cuya conducción está a cargo de abogados, se consienta, encubra y/o colabore con la comisión de delitos de genocidio y crímenes de lesa humanidad, sin ejercer las funciones propias de sus cargos para denunciarlos, impedir su comisión, y cautelar los intereses superiores de la nación.

Hemos visto al abogado ex Defensor del Pueblo Walter Gutiérrez celebrar la MUERTE CIVIL de ciudadanos inocentes como sanción inconstitucional e ilícita, por ejercer su derecho a negarse a ser víctimas de una vacunación experimental, con que amenazaba el abogado primer ministro Aníbal Torres; y casi al unísono, a la presidente del Poder Judicial, abogada Elvia Barrios, declarar que le parecía correcto.

Hemos presentado el 13 de enero de 2022 una Acusación Constitucional ante el Congreso contra el gabinete Torres por la suscripción de los decretos supremos 167, 168, 174, 179, y 186-2021-PCM, a los que deberían agregarse los decretos supremos 002, 005, 010, 016, 041, 058, 063, 069-2022-PCM y el DS 003-2022-SA (“los decretos de la muerte y de la abolición de los derechos humanos en el Perú”) con las pruebas científicas de que son instrumentos paralegales del genocidio y los crímenes de lesa humanidad que están cometiendo en agravio de nuestra nación con la falsa vacunación, y la abogada presidente del Congreso, Ana María Alva, no le ha dado ninguna prioridad.

Cientos de miles de peruanos han interpuesto acciones de amparo y hábeas corpus en todo el país, y la Justicia está en modo “cierra puertas”, las declaran infundadas todas. ¿Por órdenes superiores, cuando son manifiestamente fundadas? ¿O cuando es tan revelador de esto, que una juez de Arequipa abdique de su jurisdicción en un amparo y lo remita a Lima: “Para que no haya sentencias contradictorias”? (sic)

Una Fiscalía investiga estos graves delitos que hemos denunciado el 17 de diciembre de 2021, pero la prensa y los congresistas están más interesados en el soborno del puente Tarata; una Sala Constitucional examina la demanda de inconstitucionalidad vía acción popular que hemos interpuesto el 17 de noviembre de 2021 contra estos decretos y señala audiencia para octubre de 2022.

Mientras, el genocidio continúa en medio de una danza de millones de dólares que alimentan la corrupción genocida, que nadie se atreve a parar, compartiendo responsabilidad penal por acción y por omisión.

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