Relación de la bancada congresal con el partido o alianza de partidos que la auspició en el proceso electoral (I)

Relación de la bancada congresal con el partido o alianza de partidos que la auspició en el proceso electoral (I)

Cabe recordar que conforme a la normativa electoral vigente desde hace muchos años en el Perú, solo los partidos políticos o alianzas de partidos debidamente registrados en el Registro de Organizaciones Políticas a cargo del Jurado Nacional de Elecciones están habilitados para presentar candidatos a la presidencia y vicepresidencia de la República y al Congreso de la República.
Se trata de procesos electorales para elegir a los integrantes de cada poder, Ejecutivo y Legislativo, pero que constituyen procesos independientes no solo en cuanto a los requisitos exigidos para los candidatos, el desarrollo de sus etapas, autoridades electorales que intervienen en primera instancia, cédula electoral, expresión de la voluntad popular, cómputo de los votos y proclamación de los resultados finales.
Esto es importante de tener en cuenta sobre todo porque hay cierta confusión, provocada incluso, que tiende a soldar el destino de los mismos, y a exigir elecciones generales bajo la consigna del “váyanse todos” cuando el presidente y los dos vicepresidentes de la República, por alguna razón –legal, política o hasta vital– agotan su continuidad en el cargo. En el Congreso de la República, integrado por ciento treinta congresistas, resulta difícil y muchas veces injusto generalizar la condición no idónea de los mismos, pero igual se suele hacer por derivación de la apreciación sobre el Gobierno. Por ello, considero necesario resaltar la independencia de los procesos destinados a elegir a los integrantes de cada Poder.
En el caso del Congreso de la República, en el acto electoral el ciudadano, además del voto por la organización política tiene la posibilidad, no la obligación, de escoger dos opciones o preferencias dirigidas a igual número de candidatos del distrito electoral respectivo. Es el llamado voto preferencial, con el cual el elector expresa quienes prefiere ocupen las curules que el voto por la lista consiga.
Existe un interesante debate respecto a que se mantenga o no dicho voto preferencial, es decir que haya lista abierta o cerrada. Se alega, y no pocas veces se observa, que el congresista elegido olvida el valor de la organización política que lo auspicia y considera que su elección se debe únicamente a sus propios personales méritos. Estimo que lo correcto es valorar ambos aspectos, más allá de aceptar, según mi experiencia como personera legal, que el voto preferencial con lo más democrático que aspira a ser para el elector, sin duda complica el conteo de votos en mesa y a nivel de distrito electoral.

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