Sentencia después de 35 años
Sentencia después de 35 años
El 13 de mayo de 1988, a las 10:30 p.m., un convoy militar compuesto por dos vehículos que se desplazaban de San Pedro de Hualla a Huancapi, fue objeto de una emboscada terrorista a 1 km y medio del pueblo de Cayara, en el departamento de Ayacucho , falleciendo un Capitán del Ejército y tres soldados del Servicio Militar , quedando destruido totalmente el camión militar , los atacantes terroristas fueron alrededor de 200, sufriendo 4 bajas que quedaron en el lugar y varios más que los terroristas se los llevaron con ellos como siempre es su costumbre.
Los días 14 y 15 se llevaron a cabo Operaciones Militares de rastreo y persecución a las columnas terroristas produciéndose dos enfrentamientos en Ccechua y alrededores de Moyopampa, al término de esas operaciones se ocasionó a Sendero Luminoso 18 muertos oficialmente contabilizados, además de un número no determinado que los mismos terroristas trasladan o entierran en otros lugares para evitar su identificación.
Ante los hechos suscitados, el alcalde de Huamanga de ese entonces y ONGs nacionales y extranjeras dan a conocer a la opinión pública de una masacre indiscriminada, bombardeos aéreos, genocidio, saqueos –según ellos– y de haber desaparecido el poblado de Cayara. Con toda esa información lejos de la realidad se inició una campaña periodística y psicosocial, haciendo creer que el Ejército había cometido un genocidio.
Ante la magnitud de las informaciones y hechos, la Fiscalía de la Nación el 19 de mayo de 1988 designa al Fiscal Superior Provisional de Loreto para que se encargue de la investigación de los hechos en Ayacucho, y el 13 de octubre de 1988 emite su informe de carácter controversial dando validez a las denuncias y concluyó que existían motivos suficientes para formalizar una denuncia penal, sin embargo, no investigo ni permitió investigar a los autores de la emboscada terrorista. Dicho Fiscal pasó los actuados al Fiscal Provincial para continuar el proceso y en esta instancia amplían la investigación realizada y resolvió dicha Fiscalía archivar el Caso con fecha 24 de noviembre de 1988.
Paralelamente a ello, el Gobierno Peruano nombró una Comisión de Notables que viaja inmediatamente al lugar de los hechos, habiendo llegado a constatar la exageración de los hechos, así mismo el Congreso de la República nombró una Comisión Investigadora bajo la Presidencia del Senador Carlos Enrique Melgar, que luego de un año de labores de investigación; concluyó en su dictamen en mayoría, que no se habían producido los excesos denunciados y que la operación militar había logrado un resultado exitoso.
La Justicia Militar también realizó las investigaciones correspondientes de acuerdo a sus facultades legales en el cual sobreseyó el caso el 12 de mayo de 1989 y confirmó el sobreseimiento en su última instancia. De igual manera, el Ministerio de Defensa a través de la Inspectoría General del Ejército, concluyó en una investigación administrativa, determinando la inexistencia de los hechos denunciados.
En 1989 el nuevo Fiscal Provincial de Víctor Fajardo por disposición del Fiscal de la Nación, reinició las investigaciones, resolviendo el 23 de enero de 1990 el archivamiento definitivo del caso por inexistencia de delito notificó la resolución conforme a Ley y no habiendo sido impugnada, la dio por consentida y ejecutoriada.
Con todas estas acciones, la jurisdicción interna del Perú agotó totalmente lo actuado y luego pasan el Caso “Cayara” a ser cosa juzgada.
Posteriormente la Corte Interamericana de Derechos Humanos con fecha 3 de febrero de 1993, por unanimidad ordenó el archivamiento del caso, debido a múltiples irregularidades cometidas por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos al presentar dos demandas ante el Tribunal Hemisférico y en forma extemporánea. En realidad, esta sentencia validó las distintas respuestas y excepciones preliminares que plateo el Perú, debido a que la Comisión Interamericana, violo sistemáticamente el ordenamiento procesal para llevar adelante su demanda ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Desde esos acontecimientos han transcurrido 35 años, y el viernes 11 de agosto de 2023, la Justicia Peruana emite una Sentencia y declara como culpables a los militares que participaron en esa Operación Militar Exitosa. Este es un hecho, como muchos otros, donde el éxito militar se convierte en derrota legal y política, que a pesar de haber realizado todo lo que humanamente puede hacerse por defender a la patria y se conozca la verdad de los hechos, la verdadera historia se distorsiona y el SOLDADO una vez más injustificadamente es SANCIONADO, y este caso como muchos otros son la verdadera transgresión de los derechos humanos, LOS SOLDADOS TAMBIÉN SON SERES HUMANOS.
Por Gral Div EP Ronald Hurtado Jiménez
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