Unas son de cal…
Unas son de cal…
Unas de cal y otras de arena. El Tribunal Constitucional declaró fundado el reclamo de Pedro Castillo contra la denuncia por traición a la patria tramitada ante el poder Legislativo. Consecuentemente, esta quedó sin efecto. De otro lado, Castillo ha recibido un duro varapalo judicial desde la corte Suprema de Justicia, al haber dispuesto el máximo tribunal de Justicia que SÍ puede ser investigado, siendo presidente en ejercicio.
El trámite de la acusación constitucional por traición -presentada por un grupo de juristas y políticos, imputándole al jefe de Estado haber cometido un acto de traición a la patria, producido cuando aún no era presidente de la República, a pesar de que Castillo jamás se arrepintió (ni menos disculpó) ante semejante desaguisado- fue accidentado desde el comienzo. Empezando porque el poder Legislativo lo empolló durante diez meses. Y segundo porque siempre subyació el criterio de la falta de consistencia por el citado hecho. Aunque el argumento que mejor aprovechó el Constitucional para zafarse de semejante papa caliente fue una garrafal falta del Congreso, cuando envió ante el citado tribunal a un procurador, de lamentable nivel, para sustentar la señalada denuncia. Un tipejo balbuceante, sin presencia, sin esencia ni talento, que no supo organizar una sola respuesta a las justificadas interrogantes que le requerían los tribunos. Un yerro que, al margen de la contundencia de la respuesta del Constitucional a la citada denuncia, merece ser esclarecido por el Parlamento. Dio la impresión de que la Mesa Directiva del Congreso o bien le encargó el asunto a un cualquiera para salir del paso; o que la descomposición de nuestro Legislativo ha tocado fondo. Como fuere, el TC ha dejado en ridículo al Parlamento.
Sin embargo las cosas han ido mejor para el país en la Corte Suprema, adonde los abogados del presidente Castillo interpusieron una apelación demandado la revocatoria de una resolución, de la corte Superior, que rechazó una tutela de derechos previamente ingresada por el mandatario, demandando ser excluido de la investigación preliminar por el escándalo de corrupción “Puente Tarata”. Este acabó beneficiando a familiares, ex ministros y amiguetes del presidente, que integrarían la presunta organización criminal por la que se le investiga. Los letrados de Castillo argumentaron que el artículo 117 de la Constitución impide que el mandatario sea investigado durante el ejercicio de su mandato. En tanto, la Fiscal de la Nación –¡con la ley en la mano y un coraje ejemplar!- no se dio por vencida y procedió a tramitar -y finalmente presentar- la denuncia ante el Congreso. Ayer el máximo tribunal de nuestra Judicatura –en sala presidida por el vocal supremo César San Martín- decidió que la obligación constitucional de persecución del delito “considera indispensable realizar todas las diligencias preliminares (incluso investigar a un cuestionado presidente durante su gestión, como es el caso de Castillo) “para evitar la pérdida de fuentes o pruebas.”
La verdad es que nuestros constituyentes jamás se situaron ante la hipótesis de regular la función de un presidente sospechoso de corrupción, como Pedro Castillo. ¡Valga la enmendada de plana!
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