Alejandro Soto como presidente del Congreso es déspota: así se burló de todos y se arrodilló ante JNJ
Decidió reprogramar el debate de la moción que proponía la destitución inmediata de todos los miembros de la Junta Nacional de Justicia.
Alejandro Soto como presidente del Congreso es déspota: así se burló de todos y se arrodilló ante JNJ.
En la última sesión ordinaria del Congreso de la República que concluyó el viernes 15 de diciembre, el presidente del Poder Legislativo, Alejandro Soto, de la bancada de Alianza para el Progreso, manu militari, optó por reprogramar el debate de la moción que proponía la destitución inmediata de todos los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ). Pero nadie le reclamó para cuándo reprogramaría, debido a que la legislatura terminaba ese mismo día.
El Santa Claus Soto (por lo regalón con bonos y tarjetas navideñas) tomó esta decisión unilateral, que favorece a la Junta Nacional de Justicia, luego de que recibiera un documento, en donde los magistrados denunciaron una vulneración al debido proceso.
Al iniciar la sesión plenaria del viernes, Papá Noel Soto sostuvo que, "en atención a los documentos leídos y a fin de preservar el irrestricto derecho a la legítima defensa, se convocará oportunamente a los miembros de la JNJ, por única vez, para que asistan a una nueva sesión del Pleno del Congreso"; una burla ya que el Parlamento concluyó sus sesiones ordinarias.
Ante los justificados reclamos de varios congresistas por su determinación, Soto exclamó: "La dirección del debate la llevo yo", es decir se arrodilló ante los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
Los legisladores de Renovación Popular (RP), Alejandro Muñante y Jorge Montoya, presentaron una moción para destituir a todos los miembros de la JNJ por haber suspendido de manera exprés por 6 meses, en un irregular proceso disciplinario inmediato, a la exfiscal de la Nación, Patricia Benavides, después de que fuera sindicada por la fiscal provincial Marita Barreto como la supuesta cabecilla de una organización criminal.
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El artículo 23 del Reglamento del Congreso de la República preceptúa que “Los congresistas tienen la obligación: inciso b) De cumplir y hacer cumplir la Constitución Política y las leyes del Perú, así como respetar el presente Reglamento del Congreso”.
La Presidencia del Congreso de la República al amparo del artículo 32, especifica que: “El Presidente del Congreso tiene las siguientes funciones y atribuciones:, inciso c) Cumplir el ordenamiento jurídico de la Nación y este Reglamento, así como proteger los derechos y atribuciones de los congresistas y los diversos grupos parlamentarios, facilitar los consensos y acuerdos, respetar y hacer respetar la organización y funcionamiento del Congreso, como una entidad dialogante y esencialmente deliberante, que encarna el pluralismo político de la Nación”, pero Soto se olvidó de este artículo.
Como también se olvidó del artículo 49, que especifica: Dentro del período anual de sesiones, habrá dos períodos ordinarios de sesiones o legislaturas: a) El primero se inicia el 27 de julio y termina el 15 de diciembre. b) El segundo se inicia el 1 de marzo y termina el 15 de junio. En cualquiera de los dos casos el presidente del Congreso puede ampliar la convocatoria con agenda fija. También debe ser convocado si lo solicita por lo menos el cincuenta por ciento más uno de los congresistas, es decir 66.
Los períodos de sesiones extraordinarias se convocan conforme al inciso 6) del artículo 118 y al artículo 130 de la Constitución Política, además de la convocatoria por el presidente de la República y en forma obligatoria en la hipótesis señalada en el segundo párrafo del artículo 130 de la Constitución Política.
Publicado el decreto, el presidente del Congreso ordena que de inmediato se proceda a citar a los congresistas. Asimismo, se convoca a períodos de sesiones extraordinarias cuando lo soliciten por escrito las tres quintas partes del número legal de congresistas. En la solicitud de convocatoria deben indicarse los temas materia de la convocatoria. El presidente del Legislativo convoca a los congresistas a períodos de sesiones extraordinarias dentro de los quince días siguientes a la recepción de la solicitud. Pero aquí no pasó nada, hasta marzo del próximo año.
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