Permanencia de integrante de JNJ se debate en subcomisión del Congreso

Informe de determinación de hechos y pertinencia de Esdras Medina también recomienda precisar facultades de Servir.


La Subcomisión de Acusaciones Constitucionales del Congreso tendrá que dilucidar si la permanencia de Luz Inés Tello de Ñecco, luego de cumplidos los 75 años constituye infracción al artículo 56, inciso 3 de la Constitución.

Así lo señala el informe final de determinación de hechos y pertinencia de pruebas de la autoría del congresista Esdras Medina, que recoge los aportes de la congresista Patricia Juárez Gallegos.

Cabe indicar que el artículo 156, inciso 3 de la Constitución señala lo siguiente: “Para ser miembro de la Junta Nacional de Justicia se requiere ser mayor de cuarenta y cinco (45) años y menor de setenta y cinco (75) años”.

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“Presento el informe final (enriquecido) sobre la determinación de los hechos materia de investigación, evaluación sobre la pertinencia de las pruebas y/o indicios, y la recomendación para la actuación de otros medios probatorios que sean necesarios (…) dentro del plazo de ley y, a su vez, procedo a dictaminar la procedencia de realización de la audiencia respectiva a fin de que pueda continuarse con el procedimiento, ejecutando las recomendaciones  indicadas”, señala Esdras Medina en su informe.

De igual forma, indica que deberá “determinar la interpretación sistemática y constitucional del inciso 3 del artículo 156 de la Constitución”.

A su vez, “determinar si la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) cuenta con facultades de interpretación constitucional obligatoria”.

Asimismo “determinar si la interpretación del inciso 3 del artículo 156 de la Constitución hecho por la Junta Nacional de Justicia mediante Resolución N° 224-2020- JNJ del 23 de octubre de 2020, constituye infracción constitucional”.

Detalla que dichas recomendaciones se hacen contando con los aportes efectuados por la legisladora Patricia Juárez.
“Juárez Gallegos no hace ninguna observación y/o cuestionamiento al presente informe, sino que propone una serie de aportes que a nuestro criterio enriquecen este documento”, indica.

Descargos

En cuanto a la evaluación sobre la pertinencia de las pruebas y/o indicios de la denuncia constitucional 373 (DC 373) y de los descargos tomados en consideración, se advierte que “revisado los descargos presentados por los denunciados, se resuelve declararlos pertinentes con los hechos controvertidos antes indicados”.

En este punto, el parlamentario se refiere a las explicaciones que los denunciados integrantes de la JNJ, Imelda Tumialán Pinto, Aldo Vásquez Ríos, Henry Ávila Herrera, Antonio de la Haza Barrantes, María Zavala Valladares, Guillermo Thornberry Villarán y Luz Inés Tello de Ñecco, hicieron llegar a la Subcomisión.

“JNJ no puede darle gusto a legisladores”

Por ejemplo, en sus descargos la titular de la JNJ, Imelda Tumialán, señala que la labor de la Junta “no es la de darle gusto a los legisladores”.

“La denuncia constitucional pretende la destitución de todos los miembros de la JNJ por el contenido de la Resolución N° 224-2020-M3 del 23 de octubre de 2020. Si bien, como se ha expuesto, se trata de una decisión para la cual la JNJ tiene competencia, sucede que el autor de la denuncia constitucional discrepa del sentido de la decisión tomada. No está de acuerdo. Considera que se debió adoptar una interpretación distinta. Lo cierto es que no es función de la JNJ en tanto órgano constitucional autónomo darles gusto a los legisladores. La diferencia de criterios no es un motivo suficiente para declarar una infracción constitucional y destituir a la JNJ”, señala Tumialán.

Recomienda citaciones

Asimismo recomienda tomar las manifestaciones de los exintegrantes de la Comisión Especial encargada de elegir a los miembros de la Junta Nacional de Justicia: José Luis Lecaros Cornejo, expresidente del Poder Judicial; Walter Gutiérrez Camacho, exdefensor del Pueblo; y Ernesto Blume Fortini, expresidente del Tribunal Constitucional.

A su vez, a Juan Carlos Cortés Carcelén, expresidente ejecutivo de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) y secretario general de la JNJ.

Por María Teresa García

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