Colegio de Abogados de Lima insta al Congreso modificar ley de extinción de dominio
A través de un comunicado, el Colegio de Abogados de Lima (CAL) solicitó al Congreso de la República modificar el Decreto Legislativo 1373 sobre la extinción de dominio, al considerar que la norma vulnera el principio de presunción de inocencia previsto en la Constitución, así como los derechos humanos.
“Esta ley establece la extinción de dominio en un proceso especial cuando se relaciona con delitos graves, como aquellos vinculados a la administración pública, el medio ambiente, el tráfico ilícito de drogas, el terrorismo, el secuestro, la extorsión, la trata de personas, el lavado de activos, entre otros, afectando los bienes del investigado, aun cuando no exista un pronunciamiento judicial firme en sede penal”, señaló el CAL.
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Asimismo, el Colegio de Abogados de Lima remarcó que la inversión de la carga de la prueba en materia penal es una excepción al principio general, en el cual la carga de la prueba recae sobre la parte acusadora. Según advirtió el CAL, con la nueva norma del Congreso, si un ciudadano es acusado de haber adquirido un bien de manera ilícita, dicha persona tendrá la carga de demostrar lo contrario. De no hacerlo, perdería su propiedad.
“Dada la informalidad que existe en materia inmobiliaria y la falta de un registro mobiliario más allá del vehicular, existen ciudadanos que han adquirido sus bienes personales o familiares desde hace muchas décadas, cuando no había obligación de bancarizar las operaciones ni de inscribir sus derechos en registros públicos, ya que estos últimos son facultativos y no constitutivos de derechos. En este contexto, estas personas podrían encontrarse imposibilitadas de probar el origen lícito de sus propiedades y, por ende, estarían en riesgo de perderlas, lo cual sería injusto”, advierte la organización en su comunicado.
En ese sentido, el Colegio de Abogados de Lima instó al Parlamento a no permitir que esta norma promueva la inversión de la carga, pues no solo vulneraría los derechos fundamentales de las personas y el principio de presunción de inocencia, sino que también afectaría los procesos excepcionales de extinción de dominio.
En esa línea, el CAL subrayó que el ordenamiento procesal civil y penal establece diversos mecanismos idóneos y no violatorios de la presunción de inocencia, “eficaces para combatir la corrupción y menos gravosos para los ciudadanos que eventualmente habrían actuado de buena fe y luego, en sentencia, fueran declarados inocentes”.
“Las medidas dictadas en los procesos de extinción de dominio deben ser adecuadas, proporcionales y respetuosas de los derechos fundamentales”, sostuvo el Colegio de Abogados de Lima en su publicación.
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