Congreso aprobó ley del cine: todo sobre las modificaciones en los estímulos económicos y los nuevos parámetros
El proyecto, que fue exonerado de segunda votación, incentivará la producción cinematográfica de forma descentralizada a escala nacional.

Congreso aprobó ley del cine: todo sobre las modificaciones en los estímulos económicos y los nuevos parámetros.
El Pleno del Congreso de la República aprobó la “Ley que crea incentivos económicos y fiscales para el fomento de las actividades cinematográfica y audiovisual en el Perú”, con 84 votos a favor, 24 en contra y 9 abstenciones.
Esta nueva normativa, que fue exonerada de segunda votación, tiene como finalidad incentivar el cine de manera descentralizada en el territorio nacional, brindando apoyo a producciones indígenas y originarias.
Además, buscará lograr “un desarrollo sostenido e inclusivo de las diversas expresiones culturales del Perú”, según el texto del dictamen aprobado, poniendo énfasis en la filmación en locaciones turísticas para promocionar la imagen del país.
Congreso: películas deberán tener no menos del 50% de equipos peruanos
Esta nueva ley establece “que la nómina de los equipos artísticos, técnicos y personal en general, sean de nacionalidad peruana o extranjeros domiciliados en el país y representen no menos del 50% del costo total de este rubro”. Este es el requisito para que las películas sean consideradas peruanas.
La música deberá ser desarrollada por un compositor peruano o domiciliado en el país, y se consideran obras cinematográficas o audiovisuales peruanas “aquellas coproducciones internacionales realizadas en el marco de los acuerdos o convenios bilaterales o multilaterales de coproducción suscritos por el Estado peruano”.
Estímulos económicos
Los estímulos económicos los otorgará el Ministerio de Cultura, a personas naturales de nacionalidad peruana o domiciliadas en el país, o personas jurídicas que participen en obras cinematográficas o audiovisuales que sean peruana.
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“Los estímulos se conceden con cargo a los recursos de su presupuesto anual institucional, de modo que se asigna para ello un mínimo de seis mil unidades impositivas tributarias (6000 UIT), sin demandar recursos adicionales al tesoro público, pudiéndose disponer de hasta 5% de esta asignación para la administración del otorgamiento de estímulos”.
“El 40% del total de los recursos establecidos en el artículo 12 exclusivamente para las postulaciones y proyectos provenientes de las regiones del país, considerando a las producciones cinematográfica o audiovisual indígenas u originarias, de acuerdo con la proporción de postulaciones recibidas por año, excluyendo a Lima Metropolitana y Callao”, señala uno de los artículos de la nueva ley.
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