Congreso aprueba ley que regula inversión privada en telecomunicaciones | ¿De qué trata?

AFIN se mostró en contra de decisión del Parlamento.

Diario expreso - Congreso aprueba ley que regula inversión privada en telecomunicaciones | ¿De qué trata?

El Pleno del Congreso, en primera votación, aprobó sustituir el Proyecto de Ley 2844, que propone incorporar los artículos 21-A y 21-B al texto único ordenado de la Ley de Telecomunicaciones; sin embargo, la Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional (AFIN) se mostró en contra de esta decisión.

Mediante un comunicado, AFIN asevera que, con esta ley, indirectamente, el Legislativo está obligando a los usuarios a pagar por una señal abierta de televisión, que en la actualidad ya es gratuita.

¿Qué cambios implica esta ley de telecomunicaciones?

Según el proyecto de ley presentado por la Comisión de Transportes y Comunicaciones, cualquier empresa de radiofusión local puede ‘obligar’ a las empresas de cable de paga a incorporar su señal en su programación, sin importar que este sea de interés de sus usuarios, implicando anular algunos canales que este servicio ya ofrecía, teniendo en cuenta que son limitadas.

Los artículos que serán añadidos son los siguientes:

  • Artículo 21-A.1: Los titulares de una autorización para la prestación de servicios de radiodifusión por televisión en una determinada localidad, tienen el derecho a su sola solicitud, de ser incluidos en las parrillas de los prestadores de servicios de distribución de radiodifusión por cable de dicha localidad en el mismo canal que le ha sido otorgado en la autorización respectiva.
  • Artículo 21-A.2: La transmisión que realice el prestador del servicio de distribución de radiodifusión por cable, debe realizarse sin alteraciones y con las mismas características y tecnología de la señal de origen.
  • 21-A.3: Los prestadores del servicio de radiodifusión por cable deben contar con una previa y expresa autorización del titular de la autorización de radiodifusión, para la inclusión de su señal en las parrillas. Esta autorización puede ser gratuita o a cambio de una compensación económica que es pactada por las partes.
  • Artículo 21-B: Para efectos de lo señalado en el artículo 21-A, los titulares de servicios de radiodifusión por televisión deben contar con una programación ininterrumpida las 24 horas del día.

Al respecto, AFIN puntualiza que esta ley es innecesaria, debido a que las señales abiertas están a disposición del público en general mediante sistemas de sintonización modernas, sin necesidad de hacer algún pago adicional o a un servicio.

En esa línea, insta al Congreso a reconsiderar esta decisión y tomar en cuenta la opinión de expertos en la materia para analizar cuáles serían las consecuencias o intereses de por medio en esta iniciativa.

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