Congreso aprueba suspender penas para mayores de 80 años por razones humanitarias

La suspensión de la ejecución de la pena es inaplicable a los funcionarios o servidores públicos condenados por cualquiera de los delitos dolosos.

Diario expreso - Congreso aprueba suspender penas para mayores de 80 años por razones humanitarias

La Comisión de Justicia del Congreso aprobó por mayoría el Proyecto de Ley N.° 3999/2022-CR, propuso establecer la suspensión de la pena para mayores de 80 años por razones humanitarias, propuesta impulsada por el congresista de Perú Libre, Américo Gonza.

La iniciativa sostiene que se incorpore el numeral 5 al artículo 57° del Código Penal, bajo el término de que la condena se refiera a la pena privativa de libertad no mayor de cuatro años.

Además, que la persona que tenga de 80 años a más, que presenten problemas de salud, enfermedades terminales, debidamente sustentados, que pueden agravarse si permanece recluido. Salvo excepción de lo estipulado en el numeral 3 del presente artículo y el segundo párrafo del artículo 22.

MÁS INFORMACIÓN Comisión de Justicia del Congreso aprobó iniciativa que impide detención preliminar o prisión preventiva contra policías

Asimismo, la modalidad del hecho punible, comportamiento procesal y la personalidad del agente, permitan inferir al juez que aquel no volverá a cometer un nuevo delito. El pronóstico favorable sobre la conducta futura del condenado que formule la autoridad judicial requiere de debida motivación, entre otros.

Es importante señalar que, la suspensión de la ejecución de la pena es inaplicable a los funcionarios o servidores públicos condenados por cualquiera de los delitos dolosos. Asimismo, para las personas condenadas por el delito de agresiones en contra de las mujeres o integrantes del grupo familiar.

Para el abogado penalista Hugo Mendoza Malpartida, CEO en la firma Mendoza Malpartida & Asociados, en diálogo con Expreso, la suspensión de la pena para mayores a 80 años por razones humanitarias es favorable, debido a que una persona de esa edad de acuerdo al promedio de vida, ya no la quedaría mucho por vivir y teniendo en cuenta que uno de los fines de la pena es resocializar al condenado, ese fin ya no se cumpliría con esta persona que tiene la avanzada edad.

Finalmente, agregó que no se está proponiendo esta suspensión solo por la edad, sino que, además, se deben acreditar condiciones de salud graves que empeorarían en caso de internamiento. Esto no es incorrecto, ya que se debe priorizar la vida. No hay que olvidar que una condena solo priva de la libertad, no de los demás derechos.

Más sobre Comisión de Justicia

LO MEJOR DE POLÍTICA: 

ONG: Percy Medina llama «nuestros socios» a medios pagados que critican ley sobre organizaciones no gubernamentales

Debe investigarse si hubo mal manejo de fondos en la Diviac, asegura exjefe de Dircote, José Baella

Martín Vizcarra: Comisión de Fiscalización sesiona en privado por caso de compra de pruebas COVID-19 que involucra a expresidente

Mira más contenidos siguiéndonos en FacebookXInstagram, TikTok y únete a nuestro grupo de Telegram para recibir las noticias del momento.