Enrique Ghersi: Autoridad Nacional de Control debe abrir proceso a jueces que ordenaron anular investigación contra JNJ en Congreso
Abogado cuestionó que la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Lima haya emitido una resolución en contra de lo establecido por el Tribunal Constitucional.
Enrique Ghersi: «Autoridad Nacional de Control debe abrir proceso a jueces que ordenaron anular proceso contra JNJ en Congreso».
El abogado Enrique Ghersi fustigó el fallo emitido por la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Lima, que ordenó anular el proceso de destitución por causa grave contra los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), y aseveró que contraviene lo establecido por el Tribunal Constitucional.
“Es un fallo que, lamentablemente, va en contra de lo que ha sentenciado de manera definitiva el TC, en el proceso competencial 0003-2022. En este proceso competencial, el TC dijo que, en materia de control político, no existe revisión judicial de los actos del Congreso”, señaló el jurista a Expreso.
“Este fallo contraviene el mandato expreso del TC y crea un grave conflicto jurisdiccional, por cuanto el TC se encuentra por encima de cualquier decisión que pueda tomar la Corte Superior”, insistió.
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Asimismo, Ghersi remarcó que el Parlamento no puede tipificar la figura de “causa grave”, tal como solicita la mencionada sala, debido a que es una norma de 'textura abierta', la cual está sujeta a una “evaluación política”.
“El Tribunal Constitucional ya ha establecido que le corresponde al Congreso decidir cuáles son los procedimiento y mecanismos a través de los cuales hace control político. La figura de la falta grave, como, efectivamente, la incapacidad moral, son normas de textura abierta que están sujetas a una evaluación política; no son normas penales que requieren interpretación”, anotó el pensador liberal.
Frente a lo ocurrido, Enrique Ghersi sostuvo que el procurador del Congreso “tendría que ir en un recurso de agravio constitucional extraordinario al TC directamente”.
“También puede interponer nuevamente una acción competencial, a fin de que, en virtud de la acción competencial anterior, se declare la nulidad de la sentencia”, añadió.
“Eso, sin perjuicio de la responsabilidad funcional que les corresponde a los magistrados que han suscrito esta sentencia, violando lo establecido por el TC. Corresponde que la Autoridad Nacional de Control del PJ les abra una investigación de oficio”, finalizó.
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