Ernesto Álvarez: «JNE está en entredicho por validar plancha de PL con dos integrantes»

Si el Jurado Nacional de Elecciones permite inscripción del partido de Martín Vizcarra, estaríamos hablando de una institución que falla en contra de los principios constitucionales, señala.


¿Cómo es posible que el Registro de Organizaciones Políticas (ROP) del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) haya declarado infundada la tacha que se presentó contra la inscripción del inhabilitado Martín Vizcarra?

Lo que ha dicho la resolución, en síntesis, es que el Tribunal Constitucional (TC) no ha determinado de forma expresa, en su parte resolutiva, que un inhabilitado por el Congreso no pueda presidir un partido político. Es verdad que no está en la parte resolutiva, pero sí en la parte de los fundamentos.

¿El ROP del JNE ha determinado que Vizcarra tiene vigente su derecho político para ser presidente o parte de la directiva de un partido, a pesar de estar inhabilitado?

Así es.

Desconociendo la sentencia del TC.

Exactamente, le ha dado la vuelta a la sentencia del TC y, desconociendo los principios de interpretación constitucional, decide por una interpretación literal. Es decir, el ROP necesita un mandato expreso del TC y no hace uso de la interpretación constitucional, sistemática e integral de una sentencia.

Ahora la apelación la verá el Pleno del JNE.

El Pleno del JNE está en entredicho, su actuación en la anterior elección ha sido arbitraria, por decir lo menos. Validó la plancha presidencial de Perú Libre con dos integrantes, pese a que la Constitución y la legislación electoral exigen a tres personas. Imagínese qué hubiese pasado si Keiko Fujimori o Rafael López Aliaga se hubieran presentado con un solo vicepresidente en la plancha. Es imposible que eso hubiera sido validado.

Tomando en cuenta este precedente, ¿puede ser que el Pleno del JNE le dé luz verde al partido de Vizcarra?

Yo apostaría a que el JNE va a aprovechar esta apelación para tratar de demostrar imparcialidad y, dando una interpretación integral, decir lo que es de sentido común: si estás inhabilitado para realizar política, no puedes presentarte como presidente de un partido y solicitar su inscripción. Así de simple.

¿Qué tanto peso tiene Jorge Luis Salas Arenas en el Pleno del JNE? ¿Sigue teniendo voto dirimente?

No, ya no, el Pleno del JNE ya está completo.

Entonces, para despejar las sombras que ahora tiene, ¿el JNE tendría que fallar a favor de los demandantes?

Sí, por supuesto, a favor de la tacha, y establecería un antecedente para que, en el futuro, un inhabilitado penalmente por terrorismo o secuestro, por ejemplo, no pueda presentarse como directivo de un partido político, que es lo lógico.

En su momento también se cuestionó al JNE por permitir la participación de Perú Libre, cuando, en su plan de gobierno, proponía quebrar el orden constitucional, prácticamente.

Imagínese si un partido de tendencia opuesta a Salas Arenas se presenta indicando que aspira a crear un régimen como el de Franco en España, estoy absolutamente seguro de que no lo validarían. Pero, sorprendentemente, validaron a los marxistas-leninistas de extrema izquierda.

Si el JNE permite la inscripción del partido de Vizcarra, confirmaríamos que se trata de un ente totalmente ideologizado, sesgado.

Estaríamos hablando de una institución estatal que falla en contra de los principios constitucionales y, por tanto, sería necesario no esperar al 2026 para que Salas Arenas sea removido. O, de ser el caso, debería ser denunciado constitucionalmente en el Congreso, previa reforma constitucional.

Para esto último se requiere modificar el artículo 99 de la Constitución, para que los titulares de las entidades electorales sean sometidos a antejuicio y juicio político en el Parlamento.

Sí, porque no hay espacio alguno exento de control constitucional. No hay ninguna autoridad política ni jurisdiccional que pueda estar exenta del control de sus actos.

Por Aaron Salomón 

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