Fernando Rospigliosi afirma que cambio de Código Procesal Constitucional impedirá que jueces politizados interfieran con el Congreso
Modificaciones se relacionan con el número de votos que necesitará el pleno del Tribunal Constitucional en casos de medidas cautelares o sentencias en procesos competenciales y sus efectos.
El presidente de la Comisión de Constitución, Fernando Rospigliosi, afirmó que el dictamen del proyecto de ley que modifica el Nuevo Código Procesal Constitucional, aprobado por su grupo de trabajo, tiene como uno de sus objetivos evitar que “jueces politizados” interfieran en las decisiones tomadas por el Congreso de la República, como en el caso de las inhabilitaciones a los miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).
“De lo que se trata es de impedir que los ‘jueces politizados y prevaricadores’ se entrometan en funciones que son exclusivas y excluyentes del Congreso. Hemos visto cómo decisiones que ha tomado el Congreso, como inhabilitar a Zoraida Ávalos, Inés Tello o Aldo Vásquez, han sido revocadas inconstitucionalmente por algunos jueces. Lo que se está tratando con las modificaciones del Código Procesal Constitucional es que esto no vuelva a ocurrir”, sostuvo el legislador de Fuerza Popular.
Cabe indicar que el pasado martes, la Comisión de Constitución aprobó con 14 votos a favor, 4 en contra y 8 abstenciones el dictamen de los proyectos de ley 4145/2022-CR, 4203/2022-MP y otros, que modifican la Ley 31307, Nuevo Código Procesal Constitucional, con la finalidad de fortalecer los fines de los procesos constitucionales.
Fernando Rospigliosi también sostuvo que uno de los cambios está relacionado con el número de votos que necesitará el pleno del Tribunal Constitucional en el caso de las medidas cautelares o sentencias en procesos competenciales y sus efectos.
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Por ejemplo, actualmente la aprobación de la medida cautelar requiere una votación de cinco votos de los magistrados del Tribunal Constitucional, pero con la modificación pasarían a ser cuatro, y en caso de empate, el presidente del TC tiene voto decisorio.
“En lo que se refiere a los votos, antes algunas decisiones, no todas, el Tribunal Constitucional las tomaba por mayoría: de 7 miembros, con 4 ya se constituía una mayoría; sin embargo, eso se cambió porque impide que se tomen las decisiones necesarias. (Con el dictamen) se ha vuelto a lo anterior, es decir, que algún tipo de decisiones se tomen con 4 votos y otras decisiones se tomen con mayoría calificada de 5 votos”, indicó.
Incoherencia
Alejandro Cavero (Avanza País) subrayó la importancia de evitar incoherencias o contradicciones en el propio Poder Judicial en materia de lo que el Parlamento pueda decidir en el uso de sus competencias exclusivas y excluyentes de carácter político.
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