Funcionarios que reciban obsequios o dinero podrían ir hasta 15 años presos

Delito se configura aunque beneficio sea solo de un sol, si cambia conducta en el cargo, señala Poder Judicial.

Diario expreso - Funcionarios que reciban obsequios o dinero podrían ir hasta 15 años presos

Cualquier funcionario que solicite o reciba una ventaja o beneficio, como un bien de valor, sin que importe la cuantía, causando un agravio al Estado, al perjudicar el correcto funcionamiento de la administración pública, cometería el delito de cohecho.

Así lo expresó la magistrada del Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional, Soledad Barrueto Guerrero.

A raíz del “Caso rolex”, donde la presidenta de la República, Dina Boluarte, fue imputada de haber recibido regalos de Wilfredo Oscorima, gobernador regional de Ayacucho, la población necesita conocer cómo esto sería o no un hecho penal.

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“El delito de cohecho está previsto en el artículo 393 y siguientes del Código Penal, y sanciona a aquel funcionario público que solicite o reciba una ventaja o beneficio, violando sus obligaciones o dejando de hacer las mismas”, afirmó.

La jueza precisó que en el delito de cohecho el bien afectado es el correcto funcionamiento de la administración pública y que este perjuicio se materializa por una determinada conducta en la que se pueden apreciar acciones contrarias a lo que está permitido en la administración pública.

Consideró que en el proceso tendría que establecerse el contexto de esa entrega efectuada para el funcionario público: si estuvo revestido de ciertas condiciones como, por ejemplo, que esa entrega se dio en un contexto de violación de deberes o un contexto de beneficiar a determinadas personas.

“Si se ejecuta cualquier entrega de un bien u objeto de valor a un funcionario público, tenemos que analizar el contexto en que se dio ello. Si es que se determina tal nexo con el propósito de torcer el normal funcionamiento de la administración pública, estaríamos dentro de los alcances del delito de cohecho”, sostuvo.

Además, refirió que para determinar la materialización del delito basta que el funcionario o servidor público reciba, solicite o condicione su conducta funcional derivada del cargo o empleo a la entrega de promesa, donativo o ventaja.

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