La impunidad legitimada en Perú
Un enmarañado marco legal que revela cómo se puede utilizar la democracia para beneficiar un espectro de personas.
La impunidad legitimada en Perú.
Me refiero al marco legal ex profesamente diseñado y deliberadamente trazado (Ley N.° 30737 que asegura el pago inmediato de la reparación civil a favor del Estado peruano en casos de corrupción y delitos conexos; Decreto Supremo 096-2018-EF; artículos 472 y siguientes del Código Procesal Penal en materia de colaboración eficaz; y la sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional 1035/2020), con la única finalidad de que los casos de gran corrupción política y empresarial develados en los últimos años en el Perú, no reciban un igual tratamiento judicial y punitivo tanto en lo que se refiere a las medidas de privación de la libertad, como en lo que respecta al pago de las reparaciones civiles.
Impunidad y arbitrariedad
Hablo de un etéreo y enmarañado marco legal que esconde impunidad y arbitrariedad, y por sobre todo, que revela cómo se puede utilizar la democracia y el Estado de derecho no solo para desmerecerla como régimen de gobierno, sino para beneficiar a un espectro de personas naturales y jurídicas que se aprovecharon de las prerrogativas que ofrece la función y la labor pública, para desmerecer los escasos esfuerzos que se hacen en nuestro país para reprimir la corrupción y la impunidad.
Un marco legal frondoso y tupido respaldado por leyes de distinta naturaleza, disposiciones y otras decisiones gubernamentales o jurisdiccionales, en el presente caso, emanadas de los propios poderes del Estado que deben su razón de existir a la necesidad de proteger el patrimonio de todos y cada uno de los peruanos.
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Un marco legal plagado de sospechas, desconfianzas y todo tipo de recelos que suscita el convencimiento de que no todos somos iguales ante la ley. Hablamos de una moldura jurídica cuestionada frente a los graves y agudos problemas de corrupción en nuestro medio, como resultado del abuso del poder, de la mala práctica política y del menosprecio del Estado de derecho.
Me refiero al uso de la legalidad -si cabe la expresión o el término- para darle visos de absoluta legitimidad a la misma corrupción y a su corolario en el presente caso, la impunidad, recurriendo a todos los entramados jurídicos que brinda un marco legal manoseado, para de esa manera lograr que la corrupción en las altas esferas del poder resulte un excelente negocio que no ofrece márgenes de pérdida o merma económica.
Una chacota
Un esquema normativo que es una paradoja o, mejor dicho, una chacota frente a la magnitud de los daños económicos y morales que produjo a nuestra nación, un fenómeno de corrupción política de naturaleza sistémica arraigado a lo largo de nuestra historia republicana como un modelo pésimo de convivencia que se supone democrática.
Me refiero a la Ley N.° 30737 del 12 de marzo de 2018 promulgada por el Parlamento de aquel entonces con una mayoría parlamentaria de una agrupación política que es motivo de una denuncia penal por lavado de activos, la misma que fue por iniciativa de un Poder Ejecutivo presidido por un exmandatario también investigado por corrupción.
Por Luis Lamas Puccio
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