Luciano López sobre Juan Carrasco: "¡Es fiscal y ministro a la vez!"
Especialista sostiene que el titular del Mininter violó artículos 146 y 158 de la Constitución y podría ser denunciado ante el Congreso.
Ante la polémica generada por el fiscal Juan Carrasco al solicitar licencia sin goce de haber para asumir como ministro del Interior, el constitucionalista Luciano López explicó que, en estos momentos, el citado funcionario “es fiscal y ministro a la vez”, transgrediendo varias normas.
“El fiscal Carrasco, hoy ministro del Interior, puede ser denunciado por infracción constitucional ante el Congreso y destituido. Violó artículos 146 y 158 de la Constitución. El cargo de fiscal (así sea con licencia) es incompatible con cualquier otra función pública”, detalló en sus redes sociales.
Según aclara, el artículo 158 de la Constitución dice que los fiscales tienen las mismas obligaciones e incompatibilidades que los jueces. Y estos últimos, según el artículo 146, no pueden ejercer función pública o privada, a excepción de la docencia. Es decir, los fiscales tampoco pueden ejercer esas funciones.
“De acuerdo con el artículo 39 de la Constitución, tanto los ministros como los fiscales, son, ambos, funcionarios públicos. O sea, el Sr. Carrasco, al no haber renunciado a su cargo de fiscal (solo pidió licencia sin goce de haber), ¡es fiscal y ministro a la vez!”, agregó.
Por ello, la Ley de Carrera Fiscal, que hace bloque de constitucionalidad con las disposiciones constitucionales antes citadas, indica que los fiscales están prohibidos de aceptar cargos públicos remunerados, a excepción de la docencia.
“¡Es, realmente, el colmo! Sr. Carrasco es abogado ¿No sabía algo tan elemental? Licencia no le quita cargo de Fiscal. ¡Sigue siéndolo! Hay infracción constitucional y puede ser destituido por el Congreso e inhabilitado en la función pública hasta por 10 años (artículos 99 y 100 de la Constitución)”, añadió.
También explicó que el premier Guido Bellido es responsable políticamente, porque artículo 122 de la Constitución señala que el presidente de la República nombra a los ministros “a propuesta y con acuerdo del presidente del Consejo de ministros”.
De acuerdo con el art 39 de la Constitución👇🏻, tanto los Ministros como los Fiscales, son, ambos, funcionarios públicos. O sea, el Sr Carrasco, al no haber renunciado a su cargo de Fiscal (solo pidió licencia sin goce de haber), ¡es Fiscal y Ministro a la vez! 😱🤦🏻♂️ pic.twitter.com/z95bBfx72y
— Luciano López Flores (@lucianolopez27) August 1, 2021
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