Ministros con 5 días para publicar antecedentes
De ahora en adelante, los ministros y viceministros que oculten sus antecedentes judiciales o administrativos no podrán desempeñarse en tan altos cargos, ya que se modificó la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo respecto a los requisitos que deben cumplir.
«En un plazo no mayor a cinco días hábiles después de publicada la presente ley, se publican las declaraciones juradas de los ministros y viceministros en ejercicio, las cuales son verificadas conforme a lo dispuesto por la presente norma», señala el dispositivo legal publicado ayer en El Peruano.
Terrorismo y drogas
Se agrega que la resolución suprema de nombramiento debe consignar con detalle «todas las investigaciones fiscales, los procesos judiciales y procedimientos administrativos en los cuales está o estuvo incurso en calidad de imputado o cómplice, el estado en que se encuentre dichos procesos y procedimientos, así como la decisión de las sentencias o resoluciones administrativas, si el proceso hubiera concluido».
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«No pueden ser nombrados viceministros en la Presidencia del Consejo de Ministros, en el Ministerio de Defensa o en el Ministerio del Interior, quienes, conforme a la normativa vigente, se encuentren con acusación fiscal o estén siendo juzgados ante el Poder Judicial por delitos de terrorismo o tráfico ilícito de drogas», acota la ley.
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