Penalistas discrepan sobre fallo contra Keiko Fujimori
Analizan nuevo fallo contra Keiko Fujimori los penalistas Nory Calagua y Luis Lamas Puccio.
El abogado penalista Luis Lamas Puccio consideró como predecible la decisión del juez Víctor Zúñiga, quien dictó 15 meses de prisión preventiva para la lideresa de Fuerza Popular (FP), Keiko Fujimori, tras corroborar que existe peligro procesal si la hija del expresidente Alberto Fujimori permanece en libertad.
“Era predecible que eso ocurriera porque la señora Keiko Fujimori sale en libertad a raíz de lo que curiosamente resuelve el Tribunal Constitucional; si no, hubiera estado detenida. Esa fue una injerencia de la justicia constitucional sobre la justicia penal ordinaria porque esa resolución de la primera prisión preventiva fue revisada por más de diez magistrados y todos coincidieron absolutamente en la necesidad de una prisión preventiva”, dijo el penalista.
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Lamas Puccio explicó que actualmente se presentaron nuevos hechos que fundamentaron el segundo pedido de prisión preventiva por parte del fiscal José Domingo Pérez, sobre todo en el presupuesto fundamental del peligro de obstrucción a la justicia. En ese sentido, refirió que lo que va a corresponder desde la defensa de Fujimori es presentar una apelación.
Lamas Puccio agregó que la defensa de Fujimori puede interponer una casación y sobre lo que resuelva esta casación se tendrá que interponer un hábeas corpus para buscar su libertad. No obstante, refirió que los criterios ya utilizados en el Poder Judicial difícilmente podrían variar y en lo constitucional va a tardar por lo menos un año como mínimo.
NO ES OBJETIVO
Los requisitos que se establecen para imponer la prisión preventiva a un acusado deben concurrir en forma copulativa. Si bien es cierto el juez Víctor Zúñiga dictó 15 meses de detención para la lideresa de Fuerza Popular (FP), Keiko Fujimori, observó que el magistrado ha señalado que existen “suficientes elementos de convicción” pero muchos de ellos sustentados de manera subjetiva.
Así lo indicó la abogada penalista, Nory Calagua, quien explicó que no basta con que los elementos de convicción sean suficientes sino además sólidos. Esto debido a que no se deben establecer conjeturas a partir del “criterio de sospecha” para fundamentar una resolución que contiene una medida tan drástica como la suspensión de la libertad.
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“No lo veo que sea muy objetivo con ello. Estas sospechas graves lo veo en actitudes de abogados. El determinar que Keiko Fujimori tuvo que tener conocimiento de algunas decisiones que habrían tomado dentro de su bancada o situaciones de esa índole, no bastan. Considero que debería tener algo más concreto y no apreciaciones subjetivas” reiteró.
Calagua recordó que la norma exige que el magistrado tome en cuenta no solamente estas sospechas graves de que Fujimori habría cometido el delito de lavado de activos sino la prognosis de la pena, el peligro procesal de obstrucción a la justicia, el peligro de fuga, el arraigo familiar y laboral.
Además explicó que es un error del juez sostener que porque Fujimori Higuchi gana 11,300 soles y paga un alquiler de 5,600 soles, debió haberse comprado su casa vivienda para acreditar que tenía arraigo.
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