Policías y fiscales al borde del choque
La reciente reforma legal redefine el papel de la PNP y el Ministerio Público en la lucha contra el crimen, creando un ambiente de incertidumbre y posibles conflictos de competencias.
Policías y fiscales al borde del choque.
Se trata de la fórmula legal ideal recientemente aprobada por el Congreso de la República, referida al Proyecto de Ley 7204-2023-CR, a través de la cual se modifican varios artículos del Código Procesal Penal, con la única finalidad de afianzar, fortalecer y definir en términos taxativos la labor que actualmente desarrollan tanto la Policía Nacional del Perú como el Ministerio Público durante la etapa preliminar.
Se busca evitar malas o erradas interpretaciones por parte de ambas instituciones, que son vitales en la lucha y la prevención del crimen, y que en los últimos años se han prestado no solo a una serie de cuestionamientos, interpretaciones y hasta agudas y severas objeciones de toda índole, sino que poco o nada han contribuido a la lucha frontal que una sociedad necesita contra el crimen como fenómeno social e incluso político de primer orden. Hablamos de quién o quiénes deben investigar y conducir las investigaciones preliminares de acuerdo al mandato constitucional, el cual debe imperar en última instancia.
Loable discernimiento
Conforme al contenido del proyecto en cuestión, queda claro que el Ministerio Público, en su condición de titular de la acción penal, es quien tiene el deber de la carga de la prueba (aportar los medios probatorios para demostrar la culpabilidad), para lo cual asume la conducción legal de las investigaciones que lleva a cabo la Policía Nacional.
Se señala que el Ministerio Público tiene la obligación de actuar con objetividad y de buscar siempre, a través de la PNP, lograr los objetivos propuestos en las investigaciones, en la búsqueda de probar la responsabilidad o inocencia de todo sujeto que es objeto de investigación.
Para ello, la propuesta legislativa establece que es el Ministerio Público quien debe conducir jurídicamente las acciones de las investigaciones llevadas a cabo por la Policía Nacional del Perú. Hablamos de una institución que debe actuar siempre bajo la supervisión legal de los fiscales, y eventualmente bajo la tutela de un juez, quien en determinadas circunstancias debe resolver cualquier cuestión o controversia que surja sobre el particular.
Responsabilidad inamovible de la PNP
Queda claro, de acuerdo a ley, que durante la fase de investigación preliminar, la Policía Nacional del Perú es la única responsable de realizar las investigaciones que correspondan a cada caso en particular, para lo cual se encuentra autorizada a realizar todas y cada una de las diligencias que considere pertinentes, siempre, por supuesto, de acuerdo con las regulaciones procesales aplicables.
El Ministerio Público asume la dirección jurídica y orienta las labores que desarrolla la Policía Nacional del Perú, especialmente en la selección de los elementos de prueba que puedan ser necesarios para imputar un delito a una persona, sin que esto implique intervenir en los actos que son competencia exclusiva de la Policía Nacional del Perú, la cual, de acuerdo a ley, está obligada a cumplir lo que señala el Ministerio Público.
Inexistencia de subordinación
Aunque la Policía Nacional del Perú está obligada a comunicar al Ministerio Público todas y cada una de las diligencias preliminares que lleva a cabo, incluso las que provienen por iniciativa propia, no existe ninguna relación de subordinación o sometimiento con los fiscales que conducen cualquier investigación.
En ese sentido, la Policía Nacional del Perú goza de autonomía suficiente para realizar todas las diligencias que considere pertinentes si el objetivo es indagar al máximo en la búsqueda de la veracidad científica de los hechos. Hablamos de una capacidad técnica y profesional de la Policía Nacional del Perú, lograda en la experiencia cotidiana, la especialización y la profesionalización policial en materia de investigaciones y otras actividades similares, recurriendo a todos los medios tecnológicos que la ciencia forense puede brindar para cada caso en particular.
La Policía siempre investigó
La Policía Nacional del Perú siempre ha investigado las actividades delictivas en nuestro país. Lo hace y lo seguirá haciendo de acuerdo a sus prerrogativas, no porque lo desee o pretenda hacerlo, excediéndose en algunos casos de manera arbitraria, sino porque así lo dispone el mandato imperativo y expreso de la Constitución Política y las leyes respectivas.
La investigación del crimen la ha llevado a cabo siempre la Policía Nacional del Perú desde los momentos mismos de su creación como institución rectora y protectora de la sociedad, más concretamente y de manera formal, a partir del antiguo Código de Procedimientos Penales promulgado en el año de 1940.
La ley procesal penal vigente establece que la Policía Nacional del Perú, en cumplimiento de sus funciones, debe, incluso por propia iniciativa, tomar conocimiento de los delitos que se suscitan y dar cuenta inmediata al fiscal, sin perjuicio de realizar las diligencias de urgencia e imprescindibles que considere pertinentes para impedir las consecuencias del crimen, individualizar a sus posibles autores y partícipes y reunir los elementos de prueba que puedan servir para la aplicación de la ley penal.
Controversia innecesaria y perjudicial
Uno de los factores que siempre ha contribuido a distorsionar la labor de la Policía Nacional, el Ministerio Público y el Poder Judicial ha sido la concepción equivocada de una autonomía incierta que cada una de estas instituciones se atribuye, derivada de una interpretación errónea de su propia autonomía.
Un fraccionamiento irracional del sistema gubernamental en materia de prevención, tratamiento y control de la delincuencia. Un fraccionamiento contraproducente basado en una supuesta autonomía, autocontrol o autorregulación con aparente capacidad de definir como más convenga, aunado a la presencia de factores políticos de coyuntura que buscan controlar instituciones clave y estratégicas en la lucha contra el crimen, la delincuencia y, sobre todo, la corrupción como fenómeno político en las altas esferas del poder. Hablamos de desorden, superposición de funciones, desacatos e injerencias de toda naturaleza como los factores más importantes que han marcado el curso de la justicia penal.
Ministerio Público y Policía Nacional del Perú en la lucha contra el crimen. Sin perjuicio de la claridad que se deriva de lo señalado en nuestro marco constitucional vigente, de las leyes que abundan sobre la materia y de las prerrogativas de las que goza cada institución, el problema es similar para todas: el descontrol de la criminalidad.
No se trata de culparse mutuamente ante un problema común que cada día va en aumento y que afecta a toda la institucionalidad y la sociedad de nuestro país. El fraccionamiento de la institucionalidad en la lucha contra el crimen es el mejor espacio para que la criminalidad y la delincuencia sigan creciendo en nuestro país, como parece estar sucediendo.
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