Proyecto de ley presentado por José Cueto refuerza transparencia electoral, afirma abogado Luis Lamas Puccio
Plantea que las actas electorales sean custodiadas por el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, fortaleciendo la confianza en los comicios.
Proyecto de ley presentado por José Cueto refuerza transparencia electoral, afirma abogado Luis Lamas Puccio.
Se trata del proyecto de ley N° 3955/2022-CR que fue presentado hace más de un año, con fecha 10 de enero de 2023, por el congresista José Cueto Aservi, y que persigue que uno de los seis ejemplares del acta electoral en cualquier proceso de esta naturaleza se entregue en igualdad de condiciones al mismo Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a la Policía Nacional del Perú para que ambas instituciones se conviertan en garantes plenos sobre cualquier acontecimiento electoral en nuestro país.
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Actualmente, solo corresponde entregar una copia del acta electoral al Jurado Nacional de Elecciones, a la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), al Jurado Electoral Especial según corresponda la jurisdicción electoral, a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de la circunscripción electoral, y eventualmente una última se pone a disposición de las organizaciones políticas que así lo soliciten.
Letargo parlamentario
Nos referimos a la necesidad inmediata y colindante con el pronto futuro para que se someta cuanto antes al debate parlamentario que corresponde sobre una propuesta legislativa que, de convertirse en ley por su trascendencia e importancia, debe marcar el rumbo y curso adecuado de los acontecimientos electorales en nuestro medio, siempre pensando que lo que se persigue no es otra finalidad que consolidar por todos los medios posibles un máximo de transparencia, solidez, confianza y seguridad material, ya no solo con la presencia de instituciones relacionadas con la actividad electoral que son representativas, sino con la representación misma de instituciones del nivel y la preponderancia como son nuestras Fuerzas Armadas y policiales..
Hablamos de los máximos garantes que tienen, según nuestra Constitución Política, la responsabilidad de garantizar la independencia, soberanía, el orden interno, garantizar el cumplimiento de la ley y, en última instancia, en todo sentido, la propia integridad de nuestra nación.
Proyecto de ley
Hablamos de un proyecto de ley que busca que nuestras Fuerzas Armadas y policiales recuperen un estatus de garantes que perdieron frente a cualquier eventualidad que pueda poner en tela de juicio la propia idoneidad de los actos electorales, en el entendido de que se trata de agotar todos los medios posibles para que el acto electoral no sea otra cosa que la máxima expresión soberana y fiel reflejo de lo que expresa el pueblo en las ánforas electorales.
Un trámite parlamentario de esta naturaleza y en las actuales condiciones debe ser motivo de reclamo unánime de parte de la población, entre otras razones, frente a los distintos acontecimientos que actualmente sacuden distintos lugares del planeta ante la apetencia de proyectos totalitarios que persiguen perpetuarse en el poder.
La democracia en tela de juicio
Entendemos, a través de un simple razonamiento popular, sin mayores tapujos, tecnicismos jurídicos o entredichos de diferente naturaleza, que las mejores fórmulas legales que caracterizan el estado de derecho y la propia democracia como régimen de gobierno no son otras que la transparencia electoral, entendida como el fiel reflejo de lo que deciden los ciudadanos electores cuando concurren masivamente a las urnas a expresar su voluntad.
Es la mejor fortaleza que refleja que realmente vivimos en democracia y con transparencia absoluta frente a cualquier apetencia dictatorial.
Hablamos de la democracia electoral como la máxima expresión de un régimen de gobierno democrático, frente a la presencia constante de nuevas fórmulas asolapadas o encubiertas que buscan dislocar la democracia de diferentes maneras, con mayor razón ahora, ante la presencia constante de nuevas tecnologías que, en cuestión de segundos, pueden tergiversar cualquier resultado frente a un universo electoral cada día más difícil y complejo, y de difícil confrontación cuando su verificación y transparencia se tienen que ver sometidas a procedimientos electorales tradicionales burocráticos.
Antecedentes
Se trata de modificar y dejar sin efecto la nociva y equivocada decisión política que se tomó en aquel entonces, posiblemente como consecuencia de una falta de visión futura y los entredichos que siempre se suscitan respecto al rol que deben cumplir las instituciones castrenses, respecto a la modificación de la que fue objeto la Ley Orgánica de Elecciones en el año 2005.
A través de la Ley 28581, se modificó la ley orgánica mencionada, disponiéndose que ya no se entregara a los miembros de las Fuerzas Armadas y policiales una copia de los cinco ejemplares del acta electoral. Se modificaron los artículos 291° y 299° de la citada ley para que se entregara solamente una copia del acta electoral al Jurado Nacional de Elecciones, otra a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, una más al Jurado Electoral Especial, una cuarta a la Oficina Descentralizada de Procesos Electorales de la circunscripción electoral correspondiente, y la última, solo a disposición del conjunto de las organizaciones políticas a través de los mecanismos que establezcan los personeros legales.
FF.AA. y PNP simples custodios
En otras palabras, se transformó la función castrense y policial respecto a la seguridad sobre el contenido de los resultados electorales a labores de simple seguridad externa o de vigilancia de los locales relacionadas con el orden en el público.
Anteriormente, las FF.AA. y la PNP en los procesos electorales recibían para su propia e inmediata posesión una de las actas electorales en original, cumpliendo con todos y cada uno de los protocolos que se señalan en la ley, para efectos de que, frente a cualquier contingencia, pudieran ser entregadas a las otras autoridades electorales o a quienes las solicitaran bajo distintas circunstancias.
Una labor de fiscalización y control tan significativa respecto a la transparencia del acto electoral suscitado en las ánforas quedó relegada a una sola presencia física más que todo simbólica.
Corolario
En el presente caso, como lo señala el mismo proyecto legislativo en cuestión que, como se señala, se requiere que sea debatido lo más pronto posible, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, a través del oficial o el personal designado por la misma ley, volverá a convertirse sin duda en el garante más efectivo que pueda evitar cualquier suspicacia o contingencia material que se pueda suscitar sobre el particular.
Me refiero a los sobres que contienen las actas electorales, así como las cédulas de votación escrutadas y que no resultaron impugnadas, las que a partir de ese trascendental momento deberán ser almacenadas en las instalaciones propias de las Fuerzas Armadas hasta que haya concluido todo el proceso electoral con la proclamación de los resultados electorales que correspondan.
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