Reglamento removería funcionarios ante requisito de idoneidad

Estatutos de ley que garantiza idoneidad de funcionarios establecen plazos para subsanar entrega de requisitos.

Por Fidel Quevedo

Con la publicación oficial del Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31419 que garantiza la idoneidad en el ejercicio de la labor pública de funcionarios, también se establecen plazos para que los trabajadores y directivos puedan subsanar la entrega de requisitos que pudieran haber incumplido.

El reglamento, publicado el martes último en el diario oficial El Peruano, determinaría la remoción de los trabajadores que incumplan las condiciones decretadas.

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La abogada Mónica Yaya afirmó sobre el reglamento, que «es correcto establecer condiciones pues no puede ser que viceministros no cumplan ningún requisito para ejercer el cargo».

«Ello se puede comprobar con el caso de la designación de la viceministra de políticas sociales del Midis, en donde, según sus normas internas, el único requisito que debe cumplir para ejercer el cargo es haber sido designada mediante resolución suprema por el presidente de la República: fuera de eso, no hay nada más», recordó la abogada.

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