Samuel Abad: «No existe infracción constitucional por parte de los magistrados de la JNJ»
El defensor de la Junta Nacional de Justicia señala que ningún suplente cuestiona la situación de la edad de Inés Tello.
Samuel Abad: «No existe infracción constitucional por parte de los magistrados de la JNJ».
Samuel Abad, abogado de la mayoría de miembros de la Junta Nacional de Justicia (JNJ), afirmó que no existe infracción constitucional ni conflicto de intereses al haber permitido la permanencia de la magistrada Inés Tello de Ñecco, por haber sobrepasado el límite de edad.
“No existe infracción constitucional, de lo que se trata es de un debate de interpretación, tampoco hay conflicto de intereses porque no se ha favorecido a nadie”, expresó durante la sesión de la Comisión Permanente al cual se presentó, en un inicio, con el presidente de la JNJ, Humberto de la Haza.
Abad indicó que, si se hubiera existido alguna irregularidad, la habría cometido la Comisión especial que seleccionó a los magistrados de la Junta porque son ellos los que interpretaron que el periodo de permanencia era por cinco años.
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Además, el abogado señaló que ningún suplente cuestionó la situación de la edad de Inés Tello, sino que esa situación se inició a partir de una evaluación de algunos congresistas, por lo cual mencionó que están ante un “desacuerdo interpretativo”.
Por ello dijo que los motivos expresados en el informe final del legislador Esdras Medina no son suficientes para destituir a todos los miembros de la JNJ.
El defensor Abad, indicó que se pidió un informe a Servir porque la JNJ se encuentra bajo la ley orgánica de esta institución. “En el informe de Servir, nadie dice que sea vinculante, es importante porque la ley orgánica de la JNJ se encuentra bajo el régimen de esta ley, por eso se le pide la opinión de dicha institución”, expresó.
Hay que precisar que los miembros de la JNJ se presentaron ante la Comisión Permanente para ejercer su defensa luego que la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales (SAC) aprobara el informe final que solicita destituir e inhabilitar de la función pública por 10 años a los integrantes.
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